Año electoral
Sin agosto, no hay octubre
La jueza federal con competencia electoral, María Romilda Servini de Cubría, informó que las personas que no voten en las elecciones internas de agosto y no puedan justificar su falta, no podrán votar en octubre. “Aquellos que puedan justificar su faltazo, ya sea por enfermedad o alguna de las causales previstas en la ley, deberán acudir a la Secretaría Electoral o a la Cámara Electoral para explicar los motivos de la ausencia”, explicó la Jueza.
07.07.2011 | 09:24
Servini de Cubría se reunió ayer con los apoderados de todas las fuerzas nacionales para oficializar las boletas. La magistrada reconoció que hubo algunas impugnaciones aunque, relativizó, “son problemas de forma, pequeñas cosas, todas cuestiones subsanables. Son diez boletas a presidente y 16 a diputados por la Ciudad.
“La única interna en donde hay más de un candidato es la del partido de Alberto Rodríguez Saá”, describió. Servini de Cubría, según informó el diario Tiempo Argentino.
Explicó además en declaraciones radiales que aquellos electores que no puedan justificar su inasistencia a las urnas el 14 de agosto, cuando se celebren las internas abiertas, simultáneas y obligatorias, no podrán participar de las elecciones generales del 23 de octubre. Aquellas personas que puedan justificar su “faltazo”, ya sea por enfermedad o alguna de las causales previstas en la ley, deberán acudir a la Secretaría Electoral o a la Cámara Electoral para explicar los motivos de la ausencia.
La magistrada adelantó también que es muy probable que haya cambios en los lugares de votación entre la elección porteña y la nacional, por lo que pidió que los electores revisen los padrones antes de llegar a octubre.
“La única interna en donde hay más de un candidato es la del partido de Alberto Rodríguez Saá”, describió. Servini de Cubría, según informó el diario Tiempo Argentino.
Explicó además en declaraciones radiales que aquellos electores que no puedan justificar su inasistencia a las urnas el 14 de agosto, cuando se celebren las internas abiertas, simultáneas y obligatorias, no podrán participar de las elecciones generales del 23 de octubre. Aquellas personas que puedan justificar su “faltazo”, ya sea por enfermedad o alguna de las causales previstas en la ley, deberán acudir a la Secretaría Electoral o a la Cámara Electoral para explicar los motivos de la ausencia.
La magistrada adelantó también que es muy probable que haya cambios en los lugares de votación entre la elección porteña y la nacional, por lo que pidió que los electores revisen los padrones antes de llegar a octubre.