Resolución aprobada por la convención nacional de la UCR
La convención nacional de la UCR reunida en la ciudad de La Plata, por amplia mayoría aprobó la siguiente resolución, que a continuación se trascribe.
04.04.2017 | 06:12
ARTÍCULO 1°.-
Instruir a la Mesa Directiva del Comité Nacional de la Unión Cívica Radical para que ratifique los acuerdos políticos-programáticos nacionales efectuados a partir de la Convención Nacional en su sesión de Gualeguaychú, jerarquizando la construcción política con los partidos que conforman CAMBIEMOS.
ARTÍCULO 2°.-
Establecer los siguientes objetivos y condiciones para la constitución de las alianzas distritales para cargos federales en las elecciones del año en curso:
1) los acuerdos políticos distritales deberán potenciar la competitividad electoral de la Unión Cívica Radical en todas las categorías de cargos y jurisdicciones;
2) se priorizará el acceso de nuestros candidatos a los cargos legislativos nacionales, provinciales y municipales, para garantizar así el fortalecimiento de nuestra representación parlamentaria. A tal efecto, podrán establecerse listas de unidad con las demás fuerzas de la coalición o, en su defecto, dirimir la mejor oferta electoral del espacio político en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias;
3) únicamente podrán denominarse “Cambiemos” aquellas alianzas transitorias distritales que integre la Unión Cívica Radical;
4) recomendar a las autoridades partidarias distritales que en las actas constitutivas y reglamentos electorales se establezca que:
a. las juntas electorales estén integradas por representantes de la Unión Cívica Radical y procurar que ninguna fuerza tenga mayoría absoluta en la misma;
b. garantizar la participación de todos los afiliados radicales en condiciones de competitividad.
5) en aquellos distritos donde se constituyó “Cambiemos” para las elecciones de cargos federales del año 2015, las actas constitutivas y reglamentos electorales de “Cambiemos” para las elecciones del año 2017 deberán establecer las mismas condiciones que las acordadas en el año 2015 respecto a los requisitos de los precandidatos. En caso de que no se cumplan las condiciones establecidas en este inciso por expresa reticencia de las demás fuerzas que componen Cambiemos, la Unión Cívica Radical del respectivo distrito estará autorizada a constituir otras alianzas políticas siempre que adhieran a los acuerdos político-programáticos nacionales y fines referidos en el artículo 1°.
ARTÍCULO 3°.-
Para lograr la mayor competitividad posible, en las elecciones, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipales del corriente año, los acuerdos electorales distritales para cargos federales deberán contemplar las condiciones políticas locales. Asimismo, se podrá autorizar, de manera excepcional, la adhesión de boletas de sufragio con las categorías a cargos provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Airres y/o municipales que representen coaliciones más amplias que la refrendada a partir de la presente, siempre que dichas expresiones respalden la política electoral nacional de la Unión Cívica Radical.
Instruir a la Mesa Directiva del Comité Nacional de la Unión Cívica Radical para que ratifique los acuerdos políticos-programáticos nacionales efectuados a partir de la Convención Nacional en su sesión de Gualeguaychú, jerarquizando la construcción política con los partidos que conforman CAMBIEMOS.
- LEA: LA UCR RATIFICÓ SU PERTENENCIA A CAMBIEMOS, PERO ABRIÓ LA POSIBILIDAD DE OTRAS ALIANZAS DISTRITALES
ARTÍCULO 2°.-
Establecer los siguientes objetivos y condiciones para la constitución de las alianzas distritales para cargos federales en las elecciones del año en curso:
1) los acuerdos políticos distritales deberán potenciar la competitividad electoral de la Unión Cívica Radical en todas las categorías de cargos y jurisdicciones;
2) se priorizará el acceso de nuestros candidatos a los cargos legislativos nacionales, provinciales y municipales, para garantizar así el fortalecimiento de nuestra representación parlamentaria. A tal efecto, podrán establecerse listas de unidad con las demás fuerzas de la coalición o, en su defecto, dirimir la mejor oferta electoral del espacio político en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias;
3) únicamente podrán denominarse “Cambiemos” aquellas alianzas transitorias distritales que integre la Unión Cívica Radical;
4) recomendar a las autoridades partidarias distritales que en las actas constitutivas y reglamentos electorales se establezca que:
a. las juntas electorales estén integradas por representantes de la Unión Cívica Radical y procurar que ninguna fuerza tenga mayoría absoluta en la misma;
b. garantizar la participación de todos los afiliados radicales en condiciones de competitividad.
5) en aquellos distritos donde se constituyó “Cambiemos” para las elecciones de cargos federales del año 2015, las actas constitutivas y reglamentos electorales de “Cambiemos” para las elecciones del año 2017 deberán establecer las mismas condiciones que las acordadas en el año 2015 respecto a los requisitos de los precandidatos. En caso de que no se cumplan las condiciones establecidas en este inciso por expresa reticencia de las demás fuerzas que componen Cambiemos, la Unión Cívica Radical del respectivo distrito estará autorizada a constituir otras alianzas políticas siempre que adhieran a los acuerdos político-programáticos nacionales y fines referidos en el artículo 1°.
ARTÍCULO 3°.-
Para lograr la mayor competitividad posible, en las elecciones, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipales del corriente año, los acuerdos electorales distritales para cargos federales deberán contemplar las condiciones políticas locales. Asimismo, se podrá autorizar, de manera excepcional, la adhesión de boletas de sufragio con las categorías a cargos provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Airres y/o municipales que representen coaliciones más amplias que la refrendada a partir de la presente, siempre que dichas expresiones respalden la política electoral nacional de la Unión Cívica Radical.