A DÍAS DE LAS LEGISLATIVAS
Estamos en Veda Electoral: lo que dice el Código Nacional Electoral
El Código Electoral Nacional (CNE) dispone en su artículo 71, inciso f, las “prohibiciones”, tales como realizar actos de proselitismo y publicar encuestas desde 48 horas antes de los comicios. A las 8 de la mañana comenzó el plazo.
20.10.2017 | 09:08
Tiempo de reflexión para el votante sería la veda electoral, la que existe en otros países tales como España. En Argentina se establece en el CNE.
En este marco, los medios de comunicación, al igual que los espacios políticos, no pueden publicar o difundir encuestas o sondeos preelectorales o actos de proselitismo. La medida, no obstante, no alcanza a las redes sociales en donde, hasta el momento, no habría llegado la regulación.
La prohibición del artículo 71 del trabajo de los partidos políticos durará hasta las 18 del domingo (el cierre de los comicios), mientras que el impedimento para publicar “encuestas o proyecciones de los resultados” llegará hasta tres horas después del final de la votación, o sea hasta las 21. (Redacción de Babel)
En este marco, los medios de comunicación, al igual que los espacios políticos, no pueden publicar o difundir encuestas o sondeos preelectorales o actos de proselitismo. La medida, no obstante, no alcanza a las redes sociales en donde, hasta el momento, no habría llegado la regulación.
La prohibición del artículo 71 del trabajo de los partidos políticos durará hasta las 18 del domingo (el cierre de los comicios), mientras que el impedimento para publicar “encuestas o proyecciones de los resultados” llegará hasta tres horas después del final de la votación, o sea hasta las 21. (Redacción de Babel)