SENADO DE LA NACIÓN

Kunath pidió el cumplimiento de la Ley de Electrodependientes


La Senadora Nacional por la provincia de Entre Ríos, Sigrid Kunath, presentó en el Senado un proyecto de comunicación solicitando al Poder Ejecutivo Nacional que a través de los organismos que correspondan y ante la recurrencia de cortes del servicio eléctrico, arbitre los medios para que de manera urgente las empresas distribuidoras de electricidad den cumplimiento a la ley 27.351 de Electrodependientes por cuestiones de salud, aprobada en abril del año pasado.
27.02.2018 | 19:36

“Los familiares de pacientes electrodependientes, que necesitan de la energía eléctrica para vivir, vienen reclamando insistentemente en estos últimos días ante las empresas EDESUR y EDENOR, por los múltiples cortes de luz que afectan a la región, la no entrega de las fuentes de energía alternativas y el no funcionamiento de la línea telefónica para electrodependientes, la cual colapsa ante los reiterados reclamos por lo que no son atendidos”, contó la senadora entrerriana.

A través de un comunicado, la Asociación Argentina de Electrodependientes (AAED) señaló que "ninguna de las dos empresas (EDENOR y EDESUR) está informando a los usuarios cómo hacer para pedir estas fuentes de energía alternativas" que la ley las obliga a proveer a todos los usuarios registrados como electrodependientes para prevenir las interrupciones de suministro. También informan que muchas personas que poseen grupos electrógenos adquiridos por ellas mismos, no están recibiendo el combustible necesario para su funcionamiento teniendo que hacerse cargo del costo.

La legisladora recordó que “la ley 27.351 de Electrodependientes estableció que además de la gratuidad del servicio para todas las personas inscriptas en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud (RECS) creado en el ámbito del Ministerio de Salud, la empresa distribuidora entregará al titular del servicio o uno de sus convivientes que se encuentre registrado como electrodependiente, previa solicitud, un grupo electrógeno o el equipamiento adecuado, sin cargo, incluyendo los costos de funcionamiento asociados, capaz de brindar la energía eléctrica necesaria para satisfacer sus necesidades conforme los preceptos establecidos en el artículo 1° de la ley”.

“La vulnerabilidad que presenta la vida de estas personas ​, al​ deber estar asistidos en forma continua, requiere de garantías permanentes de un servicio eléctrico estable que satisfaga las necesidades médicas dentro de su hogar y debe ser el Estado quien a través de los canales correspondientes, arbitre los medios necesarios y suficientes para garantizarles el acceso a la salud y a una vida digna”, explicó Kunath.

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