SE VA EL MACRISTA LUIS BARRIONUEVO
La Justicia anuló la intervención del PJ Nacional con un duro fallo sobre Servini de Cubría
La Cámara Nacional Electoral dejó sin efecto la intervención al Partido Justicialista orden nacional por considerar que la jueza Servini de Cubría dictó la medida basada en “opiniones políticas en su totalidad y no jurídicas”. LEA EL FALLO
02.08.2018 | 19:36
“Resulta imprescindible detenerse en el singular modo en que la señora magistrado de primera instancia dispuso la intervención judicial que aquí se cuestiona”, comienza por decir sobre la jueza María Servini de Cubría la Cámara Nacional Electoral (CNE) en el fallo que emitió este jueves que anuló la intervención.
En 27 páginas, la CNE da cuenta de que lo que hizo Servini de Cubría se basó en cuestiones políticas y no jurídicas. Así mismo destacó que la magistrada tomó su decisión sin haberle dado participación al Ministerio Público Fiscal para que emita opinión.
“La señora juez no evalúa concretamente la acreditación de dichos presupuestos, sino que tan solo hace propias las manifestaciones efectuadas por los actores en su presentación inicial”, destacó la CNE. En otras palabras, afirmó que la jueza resolvió en base a dichos de los que pidieron la intervención.
Por otro lado, sostuvo que las apreciaciones que figuran en el escrito de Servini de Cubría que interno el PJ “bastarían para disponer su revocación”.
“Que, en el presente caso, tal como señala el fiscal actuante en la instancia, la intervención decretada `adolece [de] severos defectos en los presupuestos de fundamentación]´”, agrega la CNE.
Entre varios otros puntos que demolieron el escrito de la jueza, la CNE afirmó que no puede intervenirse un partido por haber perdido elecciones. Si así fuera, consideró el fallo de este jueves, “deberían intervenirse las cinco alianzas que participaron en el 2017”.
“Los argumentos de la sentencia, en su totalidad han sido solamente de carácter político y no jurídico, lo que evidentemente condujo a una intromisión injustificada en la vida interna partidaria”, estipularon los jueces de la CNE.
De este modo, el titular del PJ nacional, José Luis Gioja, recuperó la conducción del partido y el dirigente macrista Luis Barrionuevo fue removido de la intervención. (Redacción de Babel)
En 27 páginas, la CNE da cuenta de que lo que hizo Servini de Cubría se basó en cuestiones políticas y no jurídicas. Así mismo destacó que la magistrada tomó su decisión sin haberle dado participación al Ministerio Público Fiscal para que emita opinión.
“La señora juez no evalúa concretamente la acreditación de dichos presupuestos, sino que tan solo hace propias las manifestaciones efectuadas por los actores en su presentación inicial”, destacó la CNE. En otras palabras, afirmó que la jueza resolvió en base a dichos de los que pidieron la intervención.
Por otro lado, sostuvo que las apreciaciones que figuran en el escrito de Servini de Cubría que interno el PJ “bastarían para disponer su revocación”.
“Que, en el presente caso, tal como señala el fiscal actuante en la instancia, la intervención decretada `adolece [de] severos defectos en los presupuestos de fundamentación]´”, agrega la CNE.
Entre varios otros puntos que demolieron el escrito de la jueza, la CNE afirmó que no puede intervenirse un partido por haber perdido elecciones. Si así fuera, consideró el fallo de este jueves, “deberían intervenirse las cinco alianzas que participaron en el 2017”.
“Los argumentos de la sentencia, en su totalidad han sido solamente de carácter político y no jurídico, lo que evidentemente condujo a una intromisión injustificada en la vida interna partidaria”, estipularon los jueces de la CNE.
De este modo, el titular del PJ nacional, José Luis Gioja, recuperó la conducción del partido y el dirigente macrista Luis Barrionuevo fue removido de la intervención. (Redacción de Babel)