Tras rechazar la reforma electoral de Bordet, ahora la UCR impulsa otro proyecto
Los diputados del bloque UCR en Cambiemos José Antonio Artusi, Gabriela Lena y Fuad Sosa presentaron un proyecto de reforma electoral para Entre Ríos. Cabe destacar que desde Cambiemos rechazaron la iniciativa que presentó el Gobernador este año que apuntaba a lo mismo.
28.09.2018 | 19:55
El proyecto de reforma electoral que había impulsado Gustavo Bordet incluía la boleta única de papel, la incorporación de las minorías en cada espacio o alianza y la paridad de género, entre muchos artículos. La discusión en el recinto comenzó, pero se suspendió luego de que desde Cambiemos, en general, y desde el PRO y la UCR, en particular, advirtieron que no estaban de acuerdo en su aprobación para que sea implementada en el 2019.
Bordet retiró el proyecto y lo cambió por una reforma acotada que sólo contempló el posible desdoblamiento de las elecciones nacionales de las provinciales.
Sin embargo, en diputados, tres legisladores por la UCR presentaron una iniciativa para reformar la política electoral. El proyecto fue presentado el pasado lunes 24 de septiembre por Gabriela Lena, José Antonio Artusi y Fuad Sosa, miembros de UCR en Cambiemos.
La reforma que proponen los diputados del bloque radicales en Cambiemos reformula en forma completa el régimen electoral con la anexión de 17 nuevos artículos a la ley electoral 2.988, la derogación de otros diez y la modificación de 29 apartados del texto legal, según publicó el portal APF.
LA PROPUESTA.
El texto establece que las elecciones se hagan a través de una boleta única de papel y detalla todo el proceso de cómo debe procederse a efectuar la votación con este instrumento.
Otra de las modificaciones principales, figura la derogación del sistema de primarias abiertas, simultáneas y obligatorias. Al fijar que los partidos sólo pueden presentar al elector una sola oferta por cada categoría a definir en los comicios, deja en poder de cada estructura política la definición de sus candidatos.
Además, eleva el poder del Tribunal Electoral creando una figura asimilable a los Poderes Electorales que existen en otros países de Latinoamérica, dado que le otorga el rango de organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con la facultad de formular su propio presupuesto, el que no podrá ser modificado por el Ejecutivo, que deberá remitirlo tal cual a la Legislatura para su tratamiento en la provincial de presupuesto.
El proyecto tiene la particularidad de mencionar en su articulado el detalle de los artículos que se incorporan, derogan y modifican, pero no el texto que los reemplaza en cada caso. Dejando de lado la técnica legislativa habitual, remite para conocer los cambios a un texto ordenado que figura como anexo del proyecto, pero que adolece de formalidad, dado que se mantiene la numeración de los artículos que deroga (15 veces está mencionado así) y no se corrige la correlatividad para establecer un nuevo ordenamiento legal al texto.
Bordet retiró el proyecto y lo cambió por una reforma acotada que sólo contempló el posible desdoblamiento de las elecciones nacionales de las provinciales.
Sin embargo, en diputados, tres legisladores por la UCR presentaron una iniciativa para reformar la política electoral. El proyecto fue presentado el pasado lunes 24 de septiembre por Gabriela Lena, José Antonio Artusi y Fuad Sosa, miembros de UCR en Cambiemos.
La reforma que proponen los diputados del bloque radicales en Cambiemos reformula en forma completa el régimen electoral con la anexión de 17 nuevos artículos a la ley electoral 2.988, la derogación de otros diez y la modificación de 29 apartados del texto legal, según publicó el portal APF.
LA PROPUESTA.
El texto establece que las elecciones se hagan a través de una boleta única de papel y detalla todo el proceso de cómo debe procederse a efectuar la votación con este instrumento.
Otra de las modificaciones principales, figura la derogación del sistema de primarias abiertas, simultáneas y obligatorias. Al fijar que los partidos sólo pueden presentar al elector una sola oferta por cada categoría a definir en los comicios, deja en poder de cada estructura política la definición de sus candidatos.
Además, eleva el poder del Tribunal Electoral creando una figura asimilable a los Poderes Electorales que existen en otros países de Latinoamérica, dado que le otorga el rango de organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con la facultad de formular su propio presupuesto, el que no podrá ser modificado por el Ejecutivo, que deberá remitirlo tal cual a la Legislatura para su tratamiento en la provincial de presupuesto.
El proyecto tiene la particularidad de mencionar en su articulado el detalle de los artículos que se incorporan, derogan y modifican, pero no el texto que los reemplaza en cada caso. Dejando de lado la técnica legislativa habitual, remite para conocer los cambios a un texto ordenado que figura como anexo del proyecto, pero que adolece de formalidad, dado que se mantiene la numeración de los artículos que deroga (15 veces está mencionado así) y no se corrige la correlatividad para establecer un nuevo ordenamiento legal al texto.