Internas y Primarias de agosto
Advierten que no justificar la ausencia en las primarias tiene consecuencias
El director nacional electoral, Alejandro Tullio, recordó la obligatoriedad del voto en las elecciones primarias del próximo domingo y advirtió que no justificar una eventual ausencia traerá consecuencias no sólo para obtener empleo en el Estado sino, también para realizar trámites de documentos como el DNI y pasaporte. La prohibición de votar en octubre para los que no lo hagan en agosto rige solamente para Capital Federal informó.
10.08.2011 | 08:33
"La ley dice que quien no justifica la no emisión de votos no pueden hacer trámites y no puede obtener ningún empleo público”, dijo el funcionario en declaraciones a programas de radio y televisión.
Tullio explicó que "es tan obligatorio votar el 14 de agosto, como el 23 de octubre", señaló que "no se puede no votar y pensar que eso es indiferente" y reiteró que “no votar siempre trae una consecuencia”, ya que “votar es una obligación, pero elegir es un derecho”.
Aclaró asimismo que si un ciudadano no concurre a las urnas pero lo justifica podrá votar en las elecciones generales el 23 de octubre próximo y precisó que quien no pueda ir a votar "deberá concurrir al juzgado electoral, o hacerlo por la vía del juzgado de paz de su jurisdicción, y justificar la no emisión del voto".
Sin embargo, reconoció que ello no es así en la ciudad autónoma de Buenos Aires, donde la justicia local agregó una sanción extra a las nacionales.
“En la Capital Federal, la doctora (María Romilda) Servini de Cubría tuvo una iniciativa de emitir una resolución que prohíbe votar el 23 de octubre a quienes no hayan votado el 14 de agosto. Pero en el resto del país se puede votar”, explicó.
Tullio explicó que "es tan obligatorio votar el 14 de agosto, como el 23 de octubre", señaló que "no se puede no votar y pensar que eso es indiferente" y reiteró que “no votar siempre trae una consecuencia”, ya que “votar es una obligación, pero elegir es un derecho”.
Aclaró asimismo que si un ciudadano no concurre a las urnas pero lo justifica podrá votar en las elecciones generales el 23 de octubre próximo y precisó que quien no pueda ir a votar "deberá concurrir al juzgado electoral, o hacerlo por la vía del juzgado de paz de su jurisdicción, y justificar la no emisión del voto".
Sin embargo, reconoció que ello no es así en la ciudad autónoma de Buenos Aires, donde la justicia local agregó una sanción extra a las nacionales.
“En la Capital Federal, la doctora (María Romilda) Servini de Cubría tuvo una iniciativa de emitir una resolución que prohíbe votar el 23 de octubre a quienes no hayan votado el 14 de agosto. Pero en el resto del país se puede votar”, explicó.