SENADO NACIONAL
Proyecto contra la violencia de género en las fuerzas de seguridad
El Senado de la Nación aprobó por unanimidad el proyecto de ley que dispone la quita del arma reglamentaria establecida por ley para aquellos agentes de alguna fuerza de seguridad, de fuerzas armadas o policiales, que hayan sido denunciados por violencia de género o familiar.
18.07.2019 | 08:29
La iniciativa estipula la modificación de la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los Ámbitos en que Desarrollen sus Relaciones Interpersonales y la Ley 24.417 de Protección Contra la Violencia Intrafamiliar, y establece que “frente a la denuncia de violencia de género o familiar efectuada contra un agente de estas fuerzas, la quita del arma no sea facultativa para la autoridad judicial sino que sea obligatoria, que sea el mismo Estado quien tenga a su cargo quitarles el arma porque fue el propio Estado quien se las otorgó”, explicó su autora, la senadora nacional por Entre Ríos, Sigrid Kunath. Puntualizó asimismo que “ la iniciativa establece además un plan de acción para estos agentes, que comprende el seguimiento psicológico, examen psicofísico y medidas preventivas”.
”El proyecto contempla que se ponga en conocimiento del hecho en forma urgente al órgano competente según corresponda, debiendo la autoridad judicial en estos casos disponer la suspensión temporaria de la autorización para la tenencia, portación y transporte de armas de fuego y municiones”, añadió Kunath .
“En estos casos la presencia de armas de fuego incrementa el riesgo para las mujeres y las probabilidades de victimización -sostuvo-, aumentando de esta manera las posibilidades de ser víctimas de femicidios por las características letales de estas armas”.
A propuesta de la senadora Pamela Verasay, se incorporó un párrafo donde se estipula que “si el presunto agresor y la víctima fueran agentes del mismo cuerpo o fuerza, deberá garantizarse el cumplimiento de las funciones inherentes a su cargo, en ámbitos separados evitando todo tipo de contacto”.
La senadora nacional por Entre Ríos señaló asimismo que “sí el Estado, bajo estrictos parámetros de seguridad es quien habilita a una persona a portar y usar un arma, el mismo Estado es quien tiene la obligación de restringir su uso cuando la persona en quien ha depositado su confianza demuestra signos de peligrosidad”. Y aseveró que “ante la duda debe primar un criterio de interpretación estricto que restrinja de manera inmediata aquella habilitación”.
Además, se dio media sanción al proyecto de autoría de Kunath que dispone un nuevo plazo de ejecución del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego (creado por ley 26.216), a partir del 1º de enero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2021.
“Este Programa está vigente en nuestro país desde el año 2007 y sistemáticamente ha sido prorrogado a través de distintas leyes” manifestó Kunath y explicó su importancia “porque es una política exitosa para el desarme de la sociedad civil”.
”El proyecto contempla que se ponga en conocimiento del hecho en forma urgente al órgano competente según corresponda, debiendo la autoridad judicial en estos casos disponer la suspensión temporaria de la autorización para la tenencia, portación y transporte de armas de fuego y municiones”, añadió Kunath .
“En estos casos la presencia de armas de fuego incrementa el riesgo para las mujeres y las probabilidades de victimización -sostuvo-, aumentando de esta manera las posibilidades de ser víctimas de femicidios por las características letales de estas armas”.
A propuesta de la senadora Pamela Verasay, se incorporó un párrafo donde se estipula que “si el presunto agresor y la víctima fueran agentes del mismo cuerpo o fuerza, deberá garantizarse el cumplimiento de las funciones inherentes a su cargo, en ámbitos separados evitando todo tipo de contacto”.
La senadora nacional por Entre Ríos señaló asimismo que “sí el Estado, bajo estrictos parámetros de seguridad es quien habilita a una persona a portar y usar un arma, el mismo Estado es quien tiene la obligación de restringir su uso cuando la persona en quien ha depositado su confianza demuestra signos de peligrosidad”. Y aseveró que “ante la duda debe primar un criterio de interpretación estricto que restrinja de manera inmediata aquella habilitación”.
Además, se dio media sanción al proyecto de autoría de Kunath que dispone un nuevo plazo de ejecución del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego (creado por ley 26.216), a partir del 1º de enero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2021.
“Este Programa está vigente en nuestro país desde el año 2007 y sistemáticamente ha sido prorrogado a través de distintas leyes” manifestó Kunath y explicó su importancia “porque es una política exitosa para el desarme de la sociedad civil”.