LO QUE DICE EL TEXTO
El Decreto que estableció el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”
Hasta el 31 de marzo, inclusive, todos quienes estén en Argentina tendrán prohibido salir a las calles por la cuarentena obligatoria que decretó el Presidente, Alberto Fernández. No obstante, la medida tiene excepciones tales como los trabajadores de algunos sectores y el cuidado de personas mayores o niñ@s, entre otras.
20.03.2020 | 09:34
“A fin de proteger la salud pública, lo que constituye una obligación inalienable del Estado Nacional, se establece para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, la medida aislamiento social, preventivo y obligatorio (…) La misma regirá desde el 20 hasta el 31 de marzo inclusive”, estipuló el Decreto 297/2020 en su artículo 1.
Las fuerzas de seguridad, dependientes de ministerio de Seguridad de la Nación, serán las responsables de hacer cumplir la medida y tendrán entre sus facultades el hecho de detener y retener los vehículos que incumplan la norma o apresar e iniciar causas penales a las personas infractoras.
El artículo 6 del Decreto anunciado por el Presidente, Alberto Fernández, este jueves por la noche dispone las excepciones para el “cumplimiento social, preventivo y obligatorio”. En este sentido, por ejemplo, figuran el personal de la Salud, fuerzas de Seguridad, de la Armada, bomberos o migraciones.
También las personas que “deban asistir a otras con discapacidad, familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, niños o adolescentes”.
Los trabajadores de supermercados, farmacias, ferreterías, veterinarias, de producción de alimentos o de higiene o de recolección de residuos, entre otros, fueron exceptuados también.
Las fuerzas de seguridad, dependientes de ministerio de Seguridad de la Nación, serán las responsables de hacer cumplir la medida y tendrán entre sus facultades el hecho de detener y retener los vehículos que incumplan la norma o apresar e iniciar causas penales a las personas infractoras.
El artículo 6 del Decreto anunciado por el Presidente, Alberto Fernández, este jueves por la noche dispone las excepciones para el “cumplimiento social, preventivo y obligatorio”. En este sentido, por ejemplo, figuran el personal de la Salud, fuerzas de Seguridad, de la Armada, bomberos o migraciones.
También las personas que “deban asistir a otras con discapacidad, familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, niños o adolescentes”.
Los trabajadores de supermercados, farmacias, ferreterías, veterinarias, de producción de alimentos o de higiene o de recolección de residuos, entre otros, fueron exceptuados también.