FRENTE A LA PANDEMIA
El decreto que flexibiliza el comercio, los oficios y servicios
El Intendente, Martín Oliva, emitió el decreto 26.337 con el que habilitó formalmente los comercios minoristas y oficios y servicios a funcionar, dispuso los horarios que podrían abrir y aclaró, además, cuáles son las actividades que siguen prohibidas.
06.05.2020 | 09:27
La mayoría de los comercios, oficios y servicios en Concepción del Uruguay fueron habilitados a funcionar con limitaciones en el contexto de la cuarentena por coronavirus. Así lo dispuso Oliva, este martes por la noche, cuando difundió el decreto 26.337 que estableció las reglas, modo y límites que se deberán cumplir.
“Comercios minoristas de venta de mercadería ya elaborada” es la denominación en la norma para, por ejemplo, tienda de ropas, zapaterías y venta de repuestos, entre muchas otras que figuran en el artículo 1.
El horario a cumplir para los minoristas es de 8 a 16 mediante las plataformas electrónicas, mientras que podrán abrir sus puertas para la atención personal de 16 a 20. Los comerciantes deberán cumplir el “protocolo obligatorio de higiene y seguridad” que la municipalidad elaborará, afirmó el decreto.
LEA EL DECRETO
“Comercios minoristas de venta de mercadería ya elaborada” es la denominación en la norma para, por ejemplo, tienda de ropas, zapaterías y venta de repuestos, entre muchas otras que figuran en el artículo 1.
El horario a cumplir para los minoristas es de 8 a 16 mediante las plataformas electrónicas, mientras que podrán abrir sus puertas para la atención personal de 16 a 20. Los comerciantes deberán cumplir el “protocolo obligatorio de higiene y seguridad” que la municipalidad elaborará, afirmó el decreto.
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