FINANZAS ENTRERRIANAS

La ley de Emergencia Pública logró media sanción

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley de emergencia económica que prevé detracciones en remuneraciones altas de activos y pasivos del Estado y aumento de impuestos para el sector financiero y de medicamentos.
01.07.2020 | 17:32
La Cámara de Diputados dio media sanción esta tarde al proyecto de Ley de Emergencia Solidaria, que busca asegurar el cumplimiento de las obligaciones del Estado, garantizar derechos esenciales y asistir al sistema de salud en la pandemia, según se fundamenta la iniciativa.

El proyecto reunió el apoyo del bloque oficialista de la Cámara baja y el rechazo de Juntos por el Cambio.

La sesión fue acompañada por una serie de protestas de los gremios estatales, que rechazan el aumento de los aportes jubilatorios para el sector de trabajadores de mayores ingresos, lo que implica una disminución de sus salarios.
 
El gobernador Gustavo Bordet ingresó el proyecto a la Cámara el viernes y el martes se habilitó su tratamiento preferencial en la sesión de este miércoles. La iniciativa declara hasta el 30 de junio de 2021 (prorrogable por única vez por 180 días) el estado de emergencia pública en materia económica, sanitaria, administrativa y previsional, aplicada a los tres poderes, municipios adheridos al sistema previsional, entes descentralizados, autárquicos, autónomos, empresas y sociedades del Estado.

"Es una ley progresista que claramente busca la solidaridad”, expresó en su momento el presidente de la Cámara, Ángel Giano. El proyecto procura un esfuerzo colectivo basado en la capacidad contributiva para superar la crisis económica de la provincia, a la vez que fortalecer el carácter solidario, proporcional y equitativo del régimen provisional con la finalidad de asegurar la sustentabilidad del sistema, según los fundamentos.

El proyecto enviado por el Poder Ejecutivo aumenta la base imponible para el pago de impuestos de las entidades financieras, modifica la alícuota establecida por el artículo 8 de la Ley Impositiva 9.622 para la actividad de comercio mayorista de medicamentos para uso humano, que quedará fijada en un 4% mientras dure la emergencia dictada. Además, establece que en dicho período se realice un aporte extraordinario del 10% de Impuesto Inmobiliario Anual, aplicable a los inmuebles de la planta 6 y 7 de una superficie igual o superior a las 1.000 hectáreas.

El punto más cuestionado, y por el cual hubo una manifestación de gremios estatales frente a la Casa de Gobierno, es el artículo 4, que establece un aumento de los aportes personales de trabajadores activos y pasivos y funcionarios. Los aportes quedarían de la siguiente manera (el cálculo es sobre el salario nominal):

a) hasta 75.000: 16 %
b) desde 75.001 a 100.000: 18%
c) desde 100.001 a 200.000: 20%
d) desde 200.001 en adelante: 22%

Además, el artículo 6 establece durante la vigencia de la ley, una serie de aportes solidarios extraordinarios a detraer sobre el monto total nominal liquidado a cada uno de los beneficiarios de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la provincia de Entre Ríos, con destino a cubrir el déficit previsional. Estos montos serán calculados en forma proporcional al nivel de ingresos, de acuerdo con este cuadro.

a) desde 75.001 a 100.000: 4%
b) desde 100.001 a 200.000: 6%
c) desde 200.001 a 300.000: 8%
d) más de 300.001: 10 %

En el texto aprobado se incorporó al texto original el artículo 11°, que establece la posibilidad de desafectar de la mayor contribución impuesta al personal en actividad y pasivos del tramo B) del artículo 4° y del tramo A) del artículo 6°. Esta desafectación se efectuará "en el supuesto que se alcanzaren los ingresos proyectados indicados en la ley de presupuesto vigente" y la decisión estará en manos del gobernador.

 

Fuente: UNO - APF

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