SENADO
JxC quiere fiscalizar la reestructuración de la deuda
El bloque de Senadores de Juntos por el Cambio (JxC) presentó hoy un proyecto de ley para hacer un seguimiento y fiscalización de la reestructuración de la deuda provincial.
15.09.2020 | 09:57
La iniciativa legislativa de autoría del senador provincial Rubén Dal Molín (Federación) tuvo la adhesión de sus pares de bancada Francisco Morchio (Gualeguay), Omar Migueles (Tala) y Gastón Bagnat (Victoria) y establece, en el artículo primero, crear “en el ámbito del Poder Legislativo Provincial, la Comisión Bicameral para el seguimiento y fiscalización de la reestructuración de la Deuda Pública Internacional emitida bajo ley extranjera en año 2017, con amortizaciones año 2023-2024-2025, dispuesta por Decreto N° 1198 MEHF”.
En los fundamentos del proyecto, se indicó que “las decisiones que se adopten, en función de los objetivos previstos, no solo afectarán el desenvolvimiento de las cuentas públicas, condicionarán el diseño de los presupuestos provinciales, determinará el nivel de inversión por parte del Estado en lo que resta del mandato (diciembre de 2023); y definirá condiciones del futuro de los entrerrianos en un plazo no menor a quince años. Como legisladores tenemos responsabilidades.
Será en este periodo, en el que nos toca como funcionarios electos, tanto oficialismo como oposición, donde se enmarcará nuevas condiciones para futuras administraciones, y no podemos hacernos los distraídos en una situación tan sensible para el futuro de los entrerrianos”, se indicó.
Los integrantes del JxC señalaron, además, que tienen “intención de colaborar para salir del atolladero, pero también, estamos convencidos, que como oposición podemos aportar en tal sentido”.
“La reestructuración del 55% de nuestra deuda pública, en dólares y emitida bajo ley extranjera, no es un tema menor. Incidirá en futuras gestiones y las cámaras no pueden estar ausente del conocimiento y aporte de las posibles medidas a adoptar”, se señaló en el proyecto.
En cuanto a la composición de la Comisión Bicameral, los legisladores consideran que debe ser integrada por un mínimo de tres senadores y tres diputados, los que serán elegidos por sus propios cuerpos legislativos. “La Comisión dictará su propio reglamento interno y elegirá a un integrante de este, que se desempeñará como presidente y que tendrá a su cargo la representación de la Comisión. Tanto la presidencia como la mitad más uno de sus integrantes se integrarán por la primera minoría del Poder Legislativo”.
En el artículo tercero, se señala: “A los efectos de dar cumplimiento con la tarea, la Comisión Bicameral tendrá las siguientes atribuciones y deberes:
a) Recabar del Poder Ejecutivo, y de los organismos competentes toda la información relacionada con las operaciones y gestiones tendientes a lograr la refinanciación de la deuda pública señalada en Artículo 1°
b) Remitir al Poder Ejecutivo de la Provincia las observaciones y sugerencias que estime corresponder, como consecuencia del análisis que realice de la documentación.
c) Adoptar, dentro de su competencia, toda otra medida destinada a lograr una mejor consecución de los objetivos planteados.
Artículo 4°) Para el cumplimiento de los fines de la Comisión Bicameral, el Poder Ejecutivo provincial y el Ministerio de Economía Hacienda y Finanzas deberá remitir toda la documentación existente.
Artículo 5°) Concluidos los objetivos previstos, la Comisión se disolverá debiendo remitir la totalidad de la información y documentación recopilada al Poder Ejecutivo Provincial, disponiendo que los gastos que ocasione el cumplimiento de las funciones serán afrontados por el Poder Legislativo Provincial”.
En los fundamentos del proyecto, se indicó que “las decisiones que se adopten, en función de los objetivos previstos, no solo afectarán el desenvolvimiento de las cuentas públicas, condicionarán el diseño de los presupuestos provinciales, determinará el nivel de inversión por parte del Estado en lo que resta del mandato (diciembre de 2023); y definirá condiciones del futuro de los entrerrianos en un plazo no menor a quince años. Como legisladores tenemos responsabilidades.
Será en este periodo, en el que nos toca como funcionarios electos, tanto oficialismo como oposición, donde se enmarcará nuevas condiciones para futuras administraciones, y no podemos hacernos los distraídos en una situación tan sensible para el futuro de los entrerrianos”, se indicó.
Los integrantes del JxC señalaron, además, que tienen “intención de colaborar para salir del atolladero, pero también, estamos convencidos, que como oposición podemos aportar en tal sentido”.
“La reestructuración del 55% de nuestra deuda pública, en dólares y emitida bajo ley extranjera, no es un tema menor. Incidirá en futuras gestiones y las cámaras no pueden estar ausente del conocimiento y aporte de las posibles medidas a adoptar”, se señaló en el proyecto.
En cuanto a la composición de la Comisión Bicameral, los legisladores consideran que debe ser integrada por un mínimo de tres senadores y tres diputados, los que serán elegidos por sus propios cuerpos legislativos. “La Comisión dictará su propio reglamento interno y elegirá a un integrante de este, que se desempeñará como presidente y que tendrá a su cargo la representación de la Comisión. Tanto la presidencia como la mitad más uno de sus integrantes se integrarán por la primera minoría del Poder Legislativo”.
En el artículo tercero, se señala: “A los efectos de dar cumplimiento con la tarea, la Comisión Bicameral tendrá las siguientes atribuciones y deberes:
a) Recabar del Poder Ejecutivo, y de los organismos competentes toda la información relacionada con las operaciones y gestiones tendientes a lograr la refinanciación de la deuda pública señalada en Artículo 1°
b) Remitir al Poder Ejecutivo de la Provincia las observaciones y sugerencias que estime corresponder, como consecuencia del análisis que realice de la documentación.
c) Adoptar, dentro de su competencia, toda otra medida destinada a lograr una mejor consecución de los objetivos planteados.
Artículo 4°) Para el cumplimiento de los fines de la Comisión Bicameral, el Poder Ejecutivo provincial y el Ministerio de Economía Hacienda y Finanzas deberá remitir toda la documentación existente.
Artículo 5°) Concluidos los objetivos previstos, la Comisión se disolverá debiendo remitir la totalidad de la información y documentación recopilada al Poder Ejecutivo Provincial, disponiendo que los gastos que ocasione el cumplimiento de las funciones serán afrontados por el Poder Legislativo Provincial”.