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Media sanción para la prohibición de vapeadores y cigarrillos electrónicos

La Cámara de Diputados aprobó un proyecto que modifica la ley “Entre Ríos libre de humo”, incorporándole los vapeadores y/o cigarrillos electrónicos.
09.10.2020 | 09:39
Se aprobó el proyecto que modifica el artículo 1º de la Ley 9.862 “Entre Ríos Libre Humo de Tabaco”, de autoría de Juan Domingo Zacarías.

La iniciativa declara “a Entre Ríos libre de humo y vapor de productos elaborados total o parcialmente con o sin tabaco, destinados a la inhalación de gases incluidos los dispositivos electrónicos con o sin administración de nicotina, con el objeto de proteger el derecho de las personas no fumadoras a respirar aire no contaminado”.

La prohibición rige para los lugares cerrados con acceso al público en general, tanto en el sector público como en el sector privado.

“Se entiende por productos elaborados total o parcialmente con tabaco, todos aquellos preparados utilizando como materia prima hojas de tabaco o productos químicos con o sin administración de nicotina destinados a ser fumados, o vapeados mediante dispositivos electrónicos”, se agrega.

Zacarías recordó que en 2008 se prohibió fumar en espacios cerrados y que en esta oportunidad incorpora a las restricciones al cigarrillo electrónico y al uso de los vapeadores. “Será la segunda provincia, después de Córdoba, en aprobar un proyecto de estas características”, destacó.
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