DIPUTADXS
Huertas orgánicas con media sanción
Durante la última sesión se le dio media sanción a la propuesta del diputado Sergio Castrillón que promueve la creación, mantenimiento y difusión de las huertas agroecológicas en espacios urbanos y subrurales.
28.11.2021 | 13:25
Durante la 15º Sesión Ordinaria la Cámara de Diputados aprobó con media sanción el proyecto de ley, autoría del diputado Sergio Castrillón (Bloque Frente Justicialista CREER Entre Ríos), por el cual se promueve la creación, mantenimiento y difusión de las huertas agroecológicas en espacios urbanos y subrurales.
Esta ley considera huertas agroecológicas a aquellas en las que la producción se realiza únicamente con sujeción a prácticas sustentables. Su interpretación y aplicación deben guiarse por los principios de producción sustentable, seguridad alimentaria, desarrollo inclusivo y equitativo y aprovechamiento de espacios inutilizados.
Mediante esta norma se autoriza al Poder Ejecutivo provincial a afectar inmuebles públicos urbanos y subrurales al desarrollo de huertas agroecológicas, en tanto no afecten el ambiente, la salud de la comunidad ni la realización de actividades educativas, culturales o recreativas.
Se establece que las técnicas de producción utilizadas en estas huertas deben sujetarse a la guía de buenas prácticas agrícolas que disponga la autoridad de aplicación, a la vez que se prohíbe el uso de fertilizantes químicos, herbicidas o fungicidas, con excepción de aquellos que sean de origen natural.
La autoridad de aplicación, el Ministerio de Producción, Turismo y Desarrollo Económico, debe celebrar convenios, crear programas y desarrollar campañas de difusión y capacitación en base a los objetivos del proyecto.
El diputado Castrillón manifestó en el Recinto que el objeto del proyecto es desarrollar las prácticas agroecológicas sustentables, para lo cual se busca que “individuos, grupos familiares, cooperativas, sociedades civiles, sociedades de economía social y organizaciones sin fines de lucro tengan acceso en la proximidad territorial a la producción de alimentos de manera agroecológica y respetuosa del medio ambiente”.
También, durante el desarrollo de la sesión, destacó “el propósito del autoconsumo de los alimentos producidos, lo cual constituye una forma de abastecer a los beneficiarios para su subsistencia”, así como “la posibilidad de la venta de sus excedentes en ferias y comercios locales”.
Esta ley considera huertas agroecológicas a aquellas en las que la producción se realiza únicamente con sujeción a prácticas sustentables. Su interpretación y aplicación deben guiarse por los principios de producción sustentable, seguridad alimentaria, desarrollo inclusivo y equitativo y aprovechamiento de espacios inutilizados.
Mediante esta norma se autoriza al Poder Ejecutivo provincial a afectar inmuebles públicos urbanos y subrurales al desarrollo de huertas agroecológicas, en tanto no afecten el ambiente, la salud de la comunidad ni la realización de actividades educativas, culturales o recreativas.
Se establece que las técnicas de producción utilizadas en estas huertas deben sujetarse a la guía de buenas prácticas agrícolas que disponga la autoridad de aplicación, a la vez que se prohíbe el uso de fertilizantes químicos, herbicidas o fungicidas, con excepción de aquellos que sean de origen natural.
La autoridad de aplicación, el Ministerio de Producción, Turismo y Desarrollo Económico, debe celebrar convenios, crear programas y desarrollar campañas de difusión y capacitación en base a los objetivos del proyecto.
El diputado Castrillón manifestó en el Recinto que el objeto del proyecto es desarrollar las prácticas agroecológicas sustentables, para lo cual se busca que “individuos, grupos familiares, cooperativas, sociedades civiles, sociedades de economía social y organizaciones sin fines de lucro tengan acceso en la proximidad territorial a la producción de alimentos de manera agroecológica y respetuosa del medio ambiente”.
También, durante el desarrollo de la sesión, destacó “el propósito del autoconsumo de los alimentos producidos, lo cual constituye una forma de abastecer a los beneficiarios para su subsistencia”, así como “la posibilidad de la venta de sus excedentes en ferias y comercios locales”.