LOS SUPREMOS AL MANEJO DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
La corte anuló la precautelar entrerriana
El Máximo Tribunal anuló la precautelar del juez federal de Paraná Daniel Edgardo Alonso, el que le había prohibido al Congreso de la Nación designar representantes ante el Consejo de la Magistratura. Además, envió el caso al Consejo para que evalúe el accionar del magistrado.
18.04.2022 | 18:00
"Esta Corte advierte que el magistrado a cargo del Juzgado Federal n° 2 de Paraná actuó con ostensible ausencia de jurisdicción, creando sin fundamento alguno el título para justificar su competencia e irrumpir de manera absolutamente irregular en la ejecución de la sentencia firme dictada por este Tribunal en los autos "Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires y otro", sostuvo tajantemente la Corte.
En una determinante resolución, los cortesanos manifestaron que el juez de primera instancia desconoció la supremacía e investidura de la Corte Suprema, así como, la ejecución de una sentencia de carácter firme dictada por el máximo tribunal superior. En ese sentido, la Corte se avocó en la intervención de la causa y declaró nula toda intervención del juez Alonso en la misma.
Además, la resolución que lleva la firma de Rosatti, Maqueda y Rosenkrantz, advirtió con vehemencia: "Este Tribunal no puede dejar de advertir que el magistrado actuante -con una notoria ignorancia del derecho vigente y de los precedentes de este Tribunal- ha dado trámite a una acción promovida por quien manifiestamente carece de legitimación activa tanto en su carácter de ciudadano como en el de diputado nacional".
Por último, comunicó la resolución al Consejo de la Magistratura, a fin de que evalúe la conducta del magistrado. En paralelo, el presidente del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires denunció al magistrado, Daniel Edgardo Alonso, solicitando sea suspendido y sometido a enjuiciamiento y destitución por haber incurrido, a su entender, en la causal de mal desempeño en el marco de la causa.
En una determinante resolución, los cortesanos manifestaron que el juez de primera instancia desconoció la supremacía e investidura de la Corte Suprema, así como, la ejecución de una sentencia de carácter firme dictada por el máximo tribunal superior. En ese sentido, la Corte se avocó en la intervención de la causa y declaró nula toda intervención del juez Alonso en la misma.
Además, la resolución que lleva la firma de Rosatti, Maqueda y Rosenkrantz, advirtió con vehemencia: "Este Tribunal no puede dejar de advertir que el magistrado actuante -con una notoria ignorancia del derecho vigente y de los precedentes de este Tribunal- ha dado trámite a una acción promovida por quien manifiestamente carece de legitimación activa tanto en su carácter de ciudadano como en el de diputado nacional".
Por último, comunicó la resolución al Consejo de la Magistratura, a fin de que evalúe la conducta del magistrado. En paralelo, el presidente del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires denunció al magistrado, Daniel Edgardo Alonso, solicitando sea suspendido y sometido a enjuiciamiento y destitución por haber incurrido, a su entender, en la causal de mal desempeño en el marco de la causa.