DISCUSIONES EN LA LEGISLATURA
Etiquetado frontal en Entre Ríos
La Cámara de Diputados comenzará a discutir un proyecto que dispondría la adhesión provincial a la Ley Nacional de Etiquetado Frontal, y agregaría la inclusión de controles a los alimentos elaborados en la provincia.
13.03.2023 | 19:14
La iniciativa, que será tratada este jueves, fue presentada por la diputada provincial Paola Rubattino (PJ) y estable la adhesión de la Provincia de Entre Ríos a la Ley Nacional Nº 27.642 (Etiquetado Frontal) respecto de todos los alimentos que sean elaborados y/o comercializados en el territorio provincial.
La norma nacional fue aprobada el 12 de noviembre de 2021 y otorga herramientas al consumidor al consumidor respecto de la información necesaria sobre la composición nutricional de un alimento y en su caso, las consecuencias que ello podría eventualmente tener sobre su salud.
Se busca prevenir el consumo excesivo de azúcares, grasas y sodio, lo cual se asocia a las enfermedades no transmisibles que más afectan a la población: el sobrepeso u obesidad, la diabetes, la hipertensión arterial, y las enfermedades vasculares, cardíacas, cerebrales y renales.
“Si bien la norma nacional establece que las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son las autoridades locales de aplicación, ejerciendo el control y vigilancia de la presente ley y sus normas reglamentarias, la misma no es clara, por lo que entendemos que -ante la confusión de si es necesaria o no una norma de adhesión- por el principio de Organización Federal consideramos que sí, máxime cuando pueden existir productos como los mencionados por la referida normativa, que eventualmente pueden ser fabricados y comercializados en nuestra provincia”, señaló Rubattino.
La norma nacional fue aprobada el 12 de noviembre de 2021 y otorga herramientas al consumidor al consumidor respecto de la información necesaria sobre la composición nutricional de un alimento y en su caso, las consecuencias que ello podría eventualmente tener sobre su salud.
Se busca prevenir el consumo excesivo de azúcares, grasas y sodio, lo cual se asocia a las enfermedades no transmisibles que más afectan a la población: el sobrepeso u obesidad, la diabetes, la hipertensión arterial, y las enfermedades vasculares, cardíacas, cerebrales y renales.
“Si bien la norma nacional establece que las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son las autoridades locales de aplicación, ejerciendo el control y vigilancia de la presente ley y sus normas reglamentarias, la misma no es clara, por lo que entendemos que -ante la confusión de si es necesaria o no una norma de adhesión- por el principio de Organización Federal consideramos que sí, máxime cuando pueden existir productos como los mencionados por la referida normativa, que eventualmente pueden ser fabricados y comercializados en nuestra provincia”, señaló Rubattino.