Caseros: control, regulación y erradicación del ingreso de aguas de lluvia al sistema cloacal
La municipalidad de Caseros informó que llevará a cabo un plan para optimizar el funcionamiento del sistema urbano de desagües pluviales y el mejoramiento del sistema cloacal.
11.08.2023 | 06:17
Se trata del Control, la regulación y la erradicación del ingreso de aguas de lluvia al sistema cloacal, dando fin al derrame de agua en la vía pública y que afecta a domicilios de la localidad en los días de lluvia.
Este plan consta de tres etapas:
1) Una INSPECCIÓN VOLUNTARIA por el propietario/poseedor a partir de la comunicación en los medios hacia los vecinos, y en su caso, deberán regularizar las anomalías y/o conexiones irregulares.-
2) Una INSPECCIÓN CONSENSUADA CON LA INSPECCIÓN MUNICIPAL, el propietario/poseedor debe autorizar el ingreso al domicilio, se verificará el estado de las conexiones, y en su caso se dará un plazo para regularizarlas, si no cumple se elevarán las actuaciones al Juzgado de Faltas. Conforma una Falta a la Sanidad e Higiene (Art. 91 del C.P.F.M.) con sanción de multa.
3) Una INSPECCIÓN OBLIGATORIA, conforme orden judicial que se tramitará desde el Municipio ante la negativa del propietario/poseedor de ingreso de la inspección municipal, teniendo fundamentos suficientes de irregularidad o anomalía de conexión.-
Este plan consta de tres etapas:
1) Una INSPECCIÓN VOLUNTARIA por el propietario/poseedor a partir de la comunicación en los medios hacia los vecinos, y en su caso, deberán regularizar las anomalías y/o conexiones irregulares.-
2) Una INSPECCIÓN CONSENSUADA CON LA INSPECCIÓN MUNICIPAL, el propietario/poseedor debe autorizar el ingreso al domicilio, se verificará el estado de las conexiones, y en su caso se dará un plazo para regularizarlas, si no cumple se elevarán las actuaciones al Juzgado de Faltas. Conforma una Falta a la Sanidad e Higiene (Art. 91 del C.P.F.M.) con sanción de multa.
3) Una INSPECCIÓN OBLIGATORIA, conforme orden judicial que se tramitará desde el Municipio ante la negativa del propietario/poseedor de ingreso de la inspección municipal, teniendo fundamentos suficientes de irregularidad o anomalía de conexión.-