Electorales

Para no quedar afuera de lo nacional, los partidos políticos necesitan 3.687 afiliaciones mínimas

La Secretaría Electoral informó que los partidos políticos nacionales deberán contar con una afiliación mínima de 3.687 ciudadanos entrerrianos para poder seguir manteniendo su vigencia para el distrito. En este sentido, agregó que aquellos que no cuenten con el mínimo exigido tendrán 90 días para regularizar la situación. Actualmente, se encuentran habilitados unos doce partidos políticos, mientras que dos están en proceso de formación, según relataron desde el organismo.  
09.02.2012 | 14:38
Desde la Secretaría Electoral Distrito Entre Ríos indicaron que un total de 12 partidos políticos fueron notificados sobre los requisitos para no perder la personería, y otros dos que se encuentran en formación.
“Ellos tienen que ver si cumplimentan con la cantidad de afiliados, si no lo hacen tienen que completar ese requisito, para lo cual se les da un plazo según la ley”, explicaron además desde el organismo. “En la provincia, los partido de distrito que tienen personería son 12 y hay dos en formación, todos ellos fueron notificados”, agregaron.

En Entre Ríos están reconocidos como partidos políticos, de acuerdo al registro del Ministerio del Interior: el Partido Justicialista, la Unión Cívica Radical, el Frente Grande, la Coalición Cívica y Afirmación para una República Igualitaria. También el Partido Socialista, Propuesta Republicana, la Nueva Izquierda, el GEN y el Movimiento por Todos. Finalmente, se suman al grupo de partidos reconocidos el Movimiento Social Entrerriano, el Partido Popular de la Reconstrucción y Unión por la Libertad.

Por otro lado, los que expiraron fueron el Humanista, Acción por la República, Unión Provincial, Partido Disidente y el Nuevo Espacio.


En este marco, la Cámara Nacional Electoral difundió las cantidades mínimas de afiliados que las agrupaciones políticas de cada distrito necesitan para mantener su personería política y advirtió que de no alcanzar las cifras exigidas tendrán un plazo de 90 días para regularizar la situación.

“A partir de la última reforma electoral (ley 26.571) los partidos políticos deben tener, permanentemente, una cantidad de afiliados no menor al 0,4% de los electores del distrito, hasta el máximo de un millón. Es decir que en los distritos más poblados, como Capital Federal o Buenos Aires, un partido no puede tener menos de 4000 miembros”, indicaron, según publicó Recintonet.

Puntualmente para Entre Ríos, el número mínimo de afiliados que exige la Cámara Electoral es el de 3.687. Así lo señala el organismo a través de su página de internet en la que estipula la cantidad necesaria para cada distrito.

De acuerdo a lo informado, el cumplimiento de este requisito legal es verificado por los jueces federales electorales en febrero de cada año y las agrupaciones que no lo cumplan recibirá una intimación para regularizar su situación en un plazo improrrogable de 90 días. Si en ese lapso no consiguen alcanzar el mínimo, se da inicio a un proceso judicial para declarar la caducidad de su personería.
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