Legisladores provinciales
Proyecto de ley para establecer el aborto no punible en Entre Ríos: fija cinco días para su realización
La diputada por el FEF, Rosario Romero, detalló que en el proyecto de ley que presentó para reglamentar los abortos no punibles en la provincia se contempla un máximo de cinco días para realizar la práctica desde el momento del pedido de la mujer.
19.03.2012 | 18:50
Romero comenta sobre el proyecto de ley para reglamentar el aborto no punible
En este sentido, sostuvo que la iniciativa contempla la objeción de conciencia que eventualmente podrían presentar algunos médicos. Al respecto, dijo que la norma respetaría tales posiciones, pero que los hospitales o institutos privados estarían obligados a llevar adelante la interrupción del embarazo.
“En verdad la Corte (Suprema) ha dicho algo que esperábamos de la justicia hace mucho tiempo, porque el aborto en los casos de violación, en los casos de abuso sexual de una mujer con discapacidad o en el caso de riesgo de vida de la madre estaban previsto en el Código Penal desde el año 1921”, recordó Romero, quien se desempeña como abogada en su faceta privada.
La aclaración fue a raíz del fallo de la Corte Suprema de la Nación de la semana pasada en donde dictaminó de que todas las mujeres que hayan sido violadas “podrán solicitar la interrupción de su embarazo”, tal cual figura en el Código Penal. El máximo órgano judicial, de esa manera, estableció los criterios por los cuales de ahora en más ningún profesional de la salud o de la justicia podrá impedir la práctica del aborto. La Corte, incluso, aclaró que la mujer que lo solicite a raíz de un abuso sexual no estará obligada a presentar una denuncia penal o policial.
En este marco, la diputada por el Frente Entrerriano Federal, observó a que la Iglesia fue otro de los factores por los cuales las mujeres no podían acceder al derecho consagrado en la legislación argentina. “Ha habido de parte de sectores de la iglesia alguna resistencia siempre entendiendo que se debe privilegiar la vida de ese ser antes que la salud de la mamá o ante que el dolor que implica una violación”, aseveró.
“La corte ha dicho no judicialicen más esto. Todos los hospitales y las provincias tienen que tener un protocolo interno y tienen que legislar sobre la materia”, mencionó en una entrevista brindada a Radial Mente, radio General Francisco Ramírez, 1560 AM-.
Finalmente, Romero descaró que la flamante resolución judicial sea una autorización implícita para que todas las mujeres accedan a una interrupción del embarazo. “No es una carta abierta, ni una autorización para el aborto lisa y llana, sino para esos tres casos que los prevé el Código desde 1921: cuando una mujer fue violada, cuando una mujer discapacitada fue abusada o cuando la salud de la madre corre riesgo”, explicó, por último. (Redacción de Babel)
“En verdad la Corte (Suprema) ha dicho algo que esperábamos de la justicia hace mucho tiempo, porque el aborto en los casos de violación, en los casos de abuso sexual de una mujer con discapacidad o en el caso de riesgo de vida de la madre estaban previsto en el Código Penal desde el año 1921”, recordó Romero, quien se desempeña como abogada en su faceta privada.
La aclaración fue a raíz del fallo de la Corte Suprema de la Nación de la semana pasada en donde dictaminó de que todas las mujeres que hayan sido violadas “podrán solicitar la interrupción de su embarazo”, tal cual figura en el Código Penal. El máximo órgano judicial, de esa manera, estableció los criterios por los cuales de ahora en más ningún profesional de la salud o de la justicia podrá impedir la práctica del aborto. La Corte, incluso, aclaró que la mujer que lo solicite a raíz de un abuso sexual no estará obligada a presentar una denuncia penal o policial.
En este marco, la diputada por el Frente Entrerriano Federal, observó a que la Iglesia fue otro de los factores por los cuales las mujeres no podían acceder al derecho consagrado en la legislación argentina. “Ha habido de parte de sectores de la iglesia alguna resistencia siempre entendiendo que se debe privilegiar la vida de ese ser antes que la salud de la mamá o ante que el dolor que implica una violación”, aseveró.
“La corte ha dicho no judicialicen más esto. Todos los hospitales y las provincias tienen que tener un protocolo interno y tienen que legislar sobre la materia”, mencionó en una entrevista brindada a Radial Mente, radio General Francisco Ramírez, 1560 AM-.
Finalmente, Romero descaró que la flamante resolución judicial sea una autorización implícita para que todas las mujeres accedan a una interrupción del embarazo. “No es una carta abierta, ni una autorización para el aborto lisa y llana, sino para esos tres casos que los prevé el Código desde 1921: cuando una mujer fue violada, cuando una mujer discapacitada fue abusada o cuando la salud de la madre corre riesgo”, explicó, por último. (Redacción de Babel)