Derechos Humanos

Rige en la provincia el protocolo para prevenir, asistir y recuperar a las víctimas de trata

El protocolo provincial para víctimas de trata fue publicado este lunes en el Boletín Oficial, luego de ser establecido por el Decreto 4730, en el marco de la Ley 10.032. 
09.05.2012 | 16:37
El gobierno provincial publicó el Decreto 4730 este lunes en el Boletín Oficial, donde se aprueba el protocolo interinstitucional e intersectorial de acciones destinadas a la prevención, asistencia y recuperación de las personas víctimas de trata, fechado el 27 de septiembre del año pasado.

Este decreto fue suscripto en el marco de lo dispuesto por la ley Nº 10.032, por la cual se crea el Consejo de Prevención, Protección, y Asistencia a las víctimas y testigos de la trata y tráfico de personas. Este organismo cuenta, entre sus atribuciones, con la de promover la coordinación intersectorial y proponer protocolos de trabajo para implementar acciones para recuperar a las víctimas.

Asimismo, se indica en el decreto que se desea tender a la asistencia de las personas damnificadas por este delito, restituyéndoles sus derechos fundamentales y evitando la revictimización.

La norma 10.032 creó el Programa de Prevención, Protección y Asistencia a las Víctimas y Testigos de la Trata y Tráfico de Personas. Fue impulsada por Red Alerta y la CTA y apuntala “la acción conjunta de los poderes del Estado, obligándolos a actuar con la diligencia debida en tiempo y forma”. "Dirigir la acción estatal para impedir la vulneración de los derechos humanos como la trata de personas”. dispone, en uno de sus puntos.

El proyecto se compone de 17 artículos, y aspira a “dirigir la acción estatal contra la trata de personas desde el trabajo conjunto y armónico con organizaciones de la sociedad civil y del sector privado en general”, según establece el texto que fue aprobado por unanimidad en las cámaras.

También podrá “desarrollar actividades de capacitación con el fin de lograr la mayor profesionalización de los funcionarios públicos que tuvieran contacto con víctimas de trata de personas” y promover la realización de actividades “para proteger especialmente a la niñez”.

El artículo séptimo establece que los miembros del Concejo serán ad honorem y deberán reunirse una vez al mes convocados por algunos de sus miembros.

Con la ley se crea además un Registro de Personas Extraviadas, el que tendrá diversas facultades a cumplir mientras que se instruye al Consejo de Educación para aplicar contenidos curriculares que aborden la temática de la trata de personas y ordena la capacitación de los docentes.

La ley obliga a los funcionarios a denunciar todo hecho relacionado con la trata de persona y crea una división específica en la Policía provincial para atender la problemática.


Fuente:
RecintoNet 
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