Opinión

"Hidrocarburos, justicia y distribución"

El diputado provincial Diego Lara (FEF) afirmó, a través de una nota, que parte de las regalías de YPF deberían ser coparticipables, al igual que lo es, por decisión del Ejecutivo, el 30 por ciento de las retenciones de la soja. Lea la nota.
14.05.2012 | 09:03
Por Diego Lara (*)

Indudablemente los grandes temas y discusiones que éste siglo marca en el contexto del mundo, son los desafíos y la lucha de las naciones por la defensa y preservación de sus alimentos, el agua, la protección y la promoción del acceso a la tierra o a la propiedad -evitando su concentración en manos de pocos- junto con la defensa, recuperación y desarrollo de las fuentes de energía.

Por ello, la iniciativa del Gobierno, de impulsar la sanción de la reciente Ley 26.741 -que declaro de interés público nacional el objetivo del logro del autoabastecimiento de hidrocarburos, creó el Consejo Federal de Hidrocarburos y declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación el 51% del patrimonio de YPF S.A. y Repsol YPF Gas S.A.-, debe ser considerada como una medida estratégica por cuanto estamos recuperando el rol de administrar parte de lo significan los insumos estratégicos de nuestro país, haciéndonos cargo de la soberanía hidrocarburífera que toda Nación debe ostentar.

Ahora bien, la promoción de aquella iniciativa, tanto en el escenario de las opiniones públicas en general como en el tratamiento en el propio Parlamento Nacional, reinstaló un debate sobre la renta petrolera en general, es decir no solo en lo que hace a las utilidades empresariales y su falta de reinversión en la actividad hidrocarburífera, sino también en su incidencia en el contexto de la Nación con las Provincias, como asimismo entre las provincias entre sí, sobre todo la incidencia de los recursos económicos que corresponden o deberían corresponderle -con un criterio de justicia federal- a la totalidad de las provincias argentinas en un país federal como el nuestro.

Por ello, en esto último entiendo conveniente distinguir tres aspectos relevantes de esta cuestión, como son en primer lugar, las regalías petroleras de las cuales tanto se habla y hasta se confunde su concepto y significado; en segundo término, la distribución de fondos nacionales que debería readecuarse para garantizar un principio de justicia tributaria y de sostenimiento de la esencia del federalismo en materia de retenciones aduaneras o derechos de exportaciones a los hidrocarburos; y finalmente, circunscribiéndonos estrictamente a esta nueva ley, en lo que debió ser la participación de las provincias “no petroleras” en la conformación de la titularidad del paquete accionario expropiado a YPF.

Entonces, lo primero a analizar, es lo concerniente a la regalías petroleras, término que -repito- en ocasiones es utilizado ligeramente llegando a confundir su significado, ya que las mismas no son otra cosa que la parte de la renta petrolera -o hidrocarburíferas para ser abarcativo no solo del petróleo sino también del gas- que les corresponde a las provincias titulares de los yacimientos de hidrocarburos por la detracción de sus riquezas, -recordemos que a partir de la reforma constitucional del ano 1994 -art. 124 C.N.- les corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio-.

Por ello, no podemos hablar ni invocar la pretensión de coparticipar los derechos de regalías petroleras, pues ninguna provincia petrolera podría ceder los fondos que le corresponden por ser las dueñas originarias de aquellos recursos naturales no renovables que se les extrae y de los cuales son titulares. Lo mismo acontece con otro tipo de regalías -aunque legisladas por otro marco legal- como son las hidroeléctricas, respecto de aquellas provincias en cuyos territorios se encuentran las fuentes hidroeléctricas y como consecuencia perciben un canon por la renta de la energía producida; a nadie se le ocurriría que los entrerrianos resignemos regalías de Salto Grande hacia el resto de las provincias que no cuentan con la riqueza natural explotada.

En cuanto al segundo de los aspectos aquí planteado, debemos entender que en la distribución de la renta petrolera argentina el Gobierno Nacional obtiene recursos económicos, fundamentalmente por las retenciones a las exportaciones de los productos minerales, haciéndose de fondos por los derechos de exportación de hidrocarburos creados en 2002 mediante la ley de Emergencia Publica y Reforma del Régimen Cambiario. En este tema se abre una discusión que debemos dar y reinstalar ante el Gobierno Nacional.

Sabemos que desde el punto de vista fiscal, la Argentina se caracteriza por tener una fuerte concentración de la recaudación de los impuestos en la Nación, mientras que como contrapartida se ha ido acentuando la descentralización del gasto hacia todos los estados provinciales, lo que conlleva a concentrar mas los recursos en el Estado Nacional.

También debemos dejar sentado que aquellos derechos de exportación -por ejemplo, a los hidrocarburos o a la soja y sus derivados- constituyen recursos económicos exclusivos de la Nación -art. 4 de la C.N. y art. 2 inc. a de la Ley de Coparticipación Federal Nro 23.548-; sin embargo se ha venido planteando desde hace mucho tiempo un criterio de política redistribuida de estos recursos económicos ante todas las provincias argentinas, para generar un impacto positivo en la actividad económica, dotar de mayores ingresos a los estados provinciales y a sus municipios, mas en tiempos como los actuales en donde se están profundizando los problemas fiscales en todas las provincias.

Y en este sentido cabe destacar la decisión política de la Presidenta, cuando en el año 2009 decidió coparticipar una parte de los recursos obtenidos por la percepción de los derechos de exportación a la soja. Así, mediante el Decreto N° 206 se creó el Fondo Solidario de la Soja por el que se coparticipó el 30% de la recaudación total, en base a los índices establecidos por la ley de coparticipación y no en base a la producción de las provincias.

Por ello, aquel acto de reivindicación del federalismo en los recursos económicos se distorsiona, por cuanto las provincias no productoras de soja reciben por igual el 30% como el resto de las provincias sojeras, tal como es el caso de Entre Ríos que es la cuarta provincia productora de soja.

Aquella suerte de deformación, generada por la inequidad de reparto igualitario para todas las provincias -que incluye obviamente a las provincias productoras de soja y a aquellas que jamás producirán este tipo de oleaginosa como las provincias patagónicas petroleras- se podría equilibrar disponiendo la coparticipación también del 30 % de los derechos de exportación que la Nación percibe en concepto de derechos de exportación por los hidrocarburos, resultando así mas justo desde el plano geopolítico.

Hoy, provincias que no producen soja -la mayoría productoras de hidrocarburos- reciben parte de este fondo solidario de la soja, que en el 2011 importó la suma de $7.249 millones de pesos, además de percibir, como vimos, las regalías por la extracción de los hidrocarburos que les pertenece. Ese 30% distribuido por la Nación a las provincias y municipios del país representó, solo éste primer cuatrimestre la suma de $ 2.600,3 millones, lo que proyectado al año 2012 podrá alcanzar la suma de $ 10.000 millones a coparticiparse.

Por otra parte, las provincias que producen cultivos como la soja -Entre Ríos- comprometen en cierta manera su productividad pues el recurso natural si bien no es agotable, su fuerte extracción de nutrientes afecta a los suelos. Por ello los derechos aduaneros por la exportación de hidrocarburos deberían integrar ese Fondo Federal Solidario del 30% y distribuirse también entre todas las provincias argentinas -productoras y no productoras de hidrocarburos-, fortaleciendo una política tributaria justa, federal y solidaria.

Vinculado con lo expresado anteriormente, surge el tercer y último aspecto que planteo y que es, o mejor dicho fue, la nueva inequidad que se tradujo en el contenido del texto de la ley de expropiación de acciones a YPF aprobada, por cuanto importó una nueva resignación de futuros recursos económicos para las arcas entrerrianas.

Entiendo que debimos plantear una verdadera injerencia federal en la nueva conformación del capital social de la empresa, por cuanto, como ya se ha dicho, se crea el Consejo Federal de Hidrocarburos -art. 4 de la Ley 26.741- que incluye e incorpora a todas las provincias para velar por la soberanía hidrocarburífera y diseñar las políticas energéticas, pero cuando dispone la tenencia de la porción de acciones expropiadas que la ley les da las provincias -art. 8 de la Ley- solo les reconoce participación en un 49% de las acciones sujetas a expropiación -es decir un 24,99 % del total del patrimonio social de la empresa- a aquellas que en su geografía producen petróleo -es decir las que integran la Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarburos- y no a todas las provincias argentinas.

Los argumentos de la sola participación en las acciones de YPF de las provincias productoras que tienen en su geografía el recurso natural no son justos ni atendibles, puesto que en verdad la ley debió ser coherente y consecuente con un criterio federal en la participación accionaria, donde todas las provincias argentinas sean titulares de parte de las acciones.

Las provincias productoras de hidrocarburos reciben las regalías petroleras, y su virtud de ser las dueñas de los recursos energéticos hidrocarburíferos se ven compensadas por lo cánones que el sistema jurídico argentino les asigna como ya vimos; aquí estamos hablando de la propia finalidad que la ley persigue: la defensa de la soberanía hidrocarburífera y el diseño de las políticas energéticas en donde debemos ser parte como todas las provincias en un país federal.

Por otra parte las acciones expropiadas, que representan el capital de la empresa que pasaría formar parte de los argentinos nuevamente, serán afrontadas con el dinero y los recursos de todos los argentinos, no solo con el de las provincias de la OFEPHI.

Es decir que como se ha dicho, a YPF la construimos entre todos y la vamos a recuperar con el esfuerzo también de todos, YPF es una empresa que no solo esta representada por pozos de petróleo que están en las provincias que cuentan con el recurso natural, sino que representa la producción en refinerías, petroquímicas y en toda la red de comercialización que no solo se desarrollan en las provincias petroleras sino también en otras que no lo son.

Pero además recordemos que existen provincias argentinas que no pertenecen a la OFEPHI y que se encuentran en desarrollo potencial hidrocarburífero; a modo de ejemplo podemos citar a Chaco que anunció el descubrimiento de petróleo, otras como Corrientes, Misiones, Córdoba, San Luis, Santa Fe, San Juan, La Rioja y nuestra provincia de Entre Ríos han firmado acuerdos de exploración, la mayoría con YPF; territorios provinciales donde existen probabilidades de la existencia de hidrocarburos, etc.

Incluso aquí recobra relevancia nuevamente aquel argumento de que muchas de estas provincias son productoras de soja y contribuyen a la generación de los recursos económicos de los derechos aduaneros que la Nación decidió coparticipar en parte a todas las provincias, incluso a aquellas petroleras que hoy se ven beneficiadas en la participación accionaria de YPF y en desmedro del resto de las provincias.

Por eso, todas las provincias deberían haber sido parte en YPF, no solo componer el Consejo Federal sino también participar en la distribución de los dividendos el día de mañana, puesto que en un plano de igualdad y contra el argumento de que las productoras de hidrocarburos aportan el recurso natural, éstas ya tienen regalías que le son propias, en cambio Entre Ríos si bien no tiene aquel recurso -al menos hasta ahora- tiene el recurso verde -la soja- y debe distribuirlo, a través de las retenciones entre todas las provincias.

Se calcula que YPF en 2011 obtuvo utilidades por casi $5.400 millones de pesos, y de suponer que aquellas ganancias de la empresa se redistribuyeran a sus accionistas, cerca de $1.350 millones serían distribuidos entre las provincias. Por tal motivo, insisto, y siendo absolutamente respetuoso del derecho de las provincias petroleras -que reitero, tienen las regalías- la ley debió haber reconocido legítimamente al contexto de todas las provincias argentinas, no solo en el Consejo Federal sino en todos los beneficios presentes y futuros de la empresa YPF, y ser como entrerrianos -en nuestro caso- verdaderos y legítimos actores en el desarrollo de la matriz energética argentina.

Queda mucho camino por desandar y muchas discusiones que replantear en pos de las reivindicaciones a conseguir, por lo que, como entrerrianos, debemos hacer honor a nuestro federalismo que la historia se encargó de marcar a fuego en cada uno de nosotros. 


(*) Diputado provincial por el Frente Entrerriano Federal

Fuente:
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