El el marco de la Trata de Personas
Se aprobó la prohibición de prostíbulos en la provincia
El senado sancionó el proyecto de ley que prohíbe los prostíbulos en Entre Ríos, iniciativa que ya contaba con media sanción de diputados. Puntualmente, se prohíbe "obtener lucro con la explotación sexual" de otra persona. El autor fue el senador Melchiori.
20.12.2012 | 18:43
“Se prohíbe la instalación, funcionamiento, regenteo, sostenimiento, administración, explotación, promoción y publicidad bajo cualquier forma, de establecimientos o locales, cuando sus propietarios o administradores obtengan un lucro, ganancia o comisión por la explotación sexual o el ejercicio de la prostitución de terceros”.
De este modo, textual, figura en el artículo 1, la prohibición de prostíbulos en Entre Ríos. La iniciativa legislativa, que ya contaba con media sanción en diputados, fue aprobada por el Senado entrerriano con lo que sólo resta para que entre en vigencia su promulgación y publicación en el Boletín Oficial.
El senador por el departamento Islas, César Melchiori (FJpV), fue el impulsor de la iniciativa. La sanción de la ley llegó dos días después de que en el Congreso de la Nación aprobara una ley en contra de la Trata de Personas.
En este contexto, en Entre Ríos, y según dio cuenta el portal Informe Digital, la norma establece por establecimientos o locales: “Todo lugar abierto al público o de acceso al público en donde se realicen, toleren, promocionen, regenteen, organicen o de cualquier modo se faciliten actos de prostitución u oferta sexual, cualquiera sea su tipo o modalidad; todos los locales de cualquier tipo abiertos al público o de acceso al público en donde los concurrentes o clientes traten con hombres o mujeres contratados para estimular el consumo o el gasto en su compañía; a todo lugar en donde bajo cualquier forma, modalidad o denominación se facilite, realice, tolere, promocione, regentee, organice, desarrolle o se obtenga provecho de la explotación de la prostitución ajena”.
Por otro lado, se dispone “la inmediata clausura de los establecimientos” en donde se lleve a cabo la explotación sexual. También se prevé aplicar multas y el correspondiente aviso al Ministerio Público Fiscal de la provincia y la Justicia Penal.
Otro de los puntos que toma como consideración la ley es que determina que las personas retiradas de establecimientos donde existan estas prácticas serán consideradas "presumibles víctimas de trata" a los efectos de brindarles protección y contención en el marco de las disposiciones de la Ley Nº 10.032.
Por último, el senador Melchiori valoró la sanción del proyecto como un “logro de todas aquellas mujeres que ayudaron en la comisión y en el proyecto presentado en su momento”. “Trabajaron desinteresadamente, pero sí con mucha fuerza, y mucho ímpetu”, concluyó. (Redacción de Babel)
De este modo, textual, figura en el artículo 1, la prohibición de prostíbulos en Entre Ríos. La iniciativa legislativa, que ya contaba con media sanción en diputados, fue aprobada por el Senado entrerriano con lo que sólo resta para que entre en vigencia su promulgación y publicación en el Boletín Oficial.
El senador por el departamento Islas, César Melchiori (FJpV), fue el impulsor de la iniciativa. La sanción de la ley llegó dos días después de que en el Congreso de la Nación aprobara una ley en contra de la Trata de Personas.
En este contexto, en Entre Ríos, y según dio cuenta el portal Informe Digital, la norma establece por establecimientos o locales: “Todo lugar abierto al público o de acceso al público en donde se realicen, toleren, promocionen, regenteen, organicen o de cualquier modo se faciliten actos de prostitución u oferta sexual, cualquiera sea su tipo o modalidad; todos los locales de cualquier tipo abiertos al público o de acceso al público en donde los concurrentes o clientes traten con hombres o mujeres contratados para estimular el consumo o el gasto en su compañía; a todo lugar en donde bajo cualquier forma, modalidad o denominación se facilite, realice, tolere, promocione, regentee, organice, desarrolle o se obtenga provecho de la explotación de la prostitución ajena”.
Por otro lado, se dispone “la inmediata clausura de los establecimientos” en donde se lleve a cabo la explotación sexual. También se prevé aplicar multas y el correspondiente aviso al Ministerio Público Fiscal de la provincia y la Justicia Penal.
Otro de los puntos que toma como consideración la ley es que determina que las personas retiradas de establecimientos donde existan estas prácticas serán consideradas "presumibles víctimas de trata" a los efectos de brindarles protección y contención en el marco de las disposiciones de la Ley Nº 10.032.
Por último, el senador Melchiori valoró la sanción del proyecto como un “logro de todas aquellas mujeres que ayudaron en la comisión y en el proyecto presentado en su momento”. “Trabajaron desinteresadamente, pero sí con mucha fuerza, y mucho ímpetu”, concluyó. (Redacción de Babel)