Senado
Buscan consenso por el boleto estudiantil
La comisión de Educación, Ciencia y Tecnología debatirá este martes, a partir de las 16, el proyecto de ley que propone el boleto estudiantil gratuito en tramos de corta y larga distancia tanto terrestre como ferroviario. El texto, cuya sanción estaba prevista para la semana pasada, porque estaba reservado con tratamiento preferencial, quedó en comisión. El bloque resolvió, en cambio, abrir el debate para asegurar el consenso de la iniciativa en laque intervendrán empresas, la provincia y varios sectores vinculados al transporte.
15.04.2013 | 09:46
Qué dice el proyecto
El proyecto que propone el boleto establece que su aplicación consistiría en la “reducción del cincuenta por ciento (50%) en la tarifa ordinaria del transporte de pasajeros, para los alumnos regulares del nivel secundario, terciario y universitario, en el período correspondiente a los ciclos lectivos, o desde el 1º de febrero hasta el 23 de diciembre inclusive si aquellos no estuvieran determinados, para su traslado directo a los establecimientos educacionales desde su lugar de residencia y viceversa, sin limitación alguna de horarios para la utilización del beneficio”.
Fija como beneficiarios a todos los estudiantes secundarios, terciarios y universitarios, que pertenezcan a instituciones educativas públicas o privadas que integran el sistema educativo oficial en la provincia, haciendo extensivo el beneficio a los acompañantes de alumnos discapacitados, para cuya instrumentación deberán presentar la acreditación correspondiente.
Para el caso de los alumnos de establecimiento rurales sin servicio público de transporte regular, deberán arbitrarse los medios para asegurar el efectivo goce del beneficio.
Los beneficiarios deberán presentar documentación ante la empresa de transporte, para acreditar su condición de alumno regular.
Empresas de Transporte
En tanto las empresas de transportes de pasajeros darán cumplimiento al presente régimen establecido en la modalidad “Servicio Regular” categoría “común”, cualquiera sea la distancia del recorrido.
Quienes deseen el “Servicio Regular categoría Diferencial”, abonarán la diferencia. Además las empresas están obligadas a cumplir con el presente régimen, y exponer en forma escrita, clara, visible y legible los arts. 1º a 5º de la presente ley, antecedido por el título: “DESCUENTO PARA ESTUDIANTES”, con el fin de dar conocimiento a todos los que vayan a comprar sus boletos.
Será la Empresa la que cubrirá los riesgos del estudiante de la misma forma e idéntico monto que el Seguro determine para el resto de los pasajeros.
El proyecto que propone el boleto establece que su aplicación consistiría en la “reducción del cincuenta por ciento (50%) en la tarifa ordinaria del transporte de pasajeros, para los alumnos regulares del nivel secundario, terciario y universitario, en el período correspondiente a los ciclos lectivos, o desde el 1º de febrero hasta el 23 de diciembre inclusive si aquellos no estuvieran determinados, para su traslado directo a los establecimientos educacionales desde su lugar de residencia y viceversa, sin limitación alguna de horarios para la utilización del beneficio”.
Fija como beneficiarios a todos los estudiantes secundarios, terciarios y universitarios, que pertenezcan a instituciones educativas públicas o privadas que integran el sistema educativo oficial en la provincia, haciendo extensivo el beneficio a los acompañantes de alumnos discapacitados, para cuya instrumentación deberán presentar la acreditación correspondiente.
Para el caso de los alumnos de establecimiento rurales sin servicio público de transporte regular, deberán arbitrarse los medios para asegurar el efectivo goce del beneficio.
Los beneficiarios deberán presentar documentación ante la empresa de transporte, para acreditar su condición de alumno regular.
Empresas de Transporte
En tanto las empresas de transportes de pasajeros darán cumplimiento al presente régimen establecido en la modalidad “Servicio Regular” categoría “común”, cualquiera sea la distancia del recorrido.
Quienes deseen el “Servicio Regular categoría Diferencial”, abonarán la diferencia. Además las empresas están obligadas a cumplir con el presente régimen, y exponer en forma escrita, clara, visible y legible los arts. 1º a 5º de la presente ley, antecedido por el título: “DESCUENTO PARA ESTUDIANTES”, con el fin de dar conocimiento a todos los que vayan a comprar sus boletos.
Será la Empresa la que cubrirá los riesgos del estudiante de la misma forma e idéntico monto que el Seguro determine para el resto de los pasajeros.
Fuente: Recintonet