Diputados
Avanzan con las multas para la reapertura de prostíbulos
La comisión de Legislación General de Diputados alcanzó a consensuar un despacho para el proyecto de ley que propone multas para quienes intenten la reapertura de un prostíbulo. El texto que había sido objetado por la UCR , ya que fijaba dos multas distintas para un mismo delito, tal como lo es avalar el funcionamiento de un prostíbulo, fue consultado con el ministro de Gobierno Adán Bahl y finalmente se acordó una redacción que facilitará su tratamiento. El despacho ingresará en la próxima sesión de Diputados.
18.04.2013 | 15:27
En la reunión, la UCR salvó sus dudas en cuanto a que la sanción del proyecto, tal como estaba redactado, establecía dos penas diferentes: Una la de la prisión y otra la dineraria, para el caso de la reapertura de los prostíbulos. Zanjada la cuestión y con unos retoques en el texto, los bloques consensuaron el dictamen que se formalizará en la prózima sesión.
“El Congreso - dijo Bahl - es el único que puede establecer los delitos. Pero las provincias pueden fijar faltas locales dentro de sus respectivas jurisdicciones y dentro de sus municipios”, apuntó Bahl. Al respecto, resaltó que “las provincias pueden legislar en todas aquellas materias no delegadas al gobierno federal, para resguardar su poder de policía local sobre seguridad, salubridad y moralidad de sus vecinos”.
A modo de conclusión, señaló: “Las autoridades locales pueden crear y tipificar infracciones contravencionales y sus penas dentro de su respectiva jurisdicción y también pueden establecer el procedimiento para juzgar las mismas”, marcó para evacuar las dudas.
“El Congreso - dijo Bahl - es el único que puede establecer los delitos. Pero las provincias pueden fijar faltas locales dentro de sus respectivas jurisdicciones y dentro de sus municipios”, apuntó Bahl. Al respecto, resaltó que “las provincias pueden legislar en todas aquellas materias no delegadas al gobierno federal, para resguardar su poder de policía local sobre seguridad, salubridad y moralidad de sus vecinos”.
A modo de conclusión, señaló: “Las autoridades locales pueden crear y tipificar infracciones contravencionales y sus penas dentro de su respectiva jurisdicción y también pueden establecer el procedimiento para juzgar las mismas”, marcó para evacuar las dudas.
Fuente: Recintonet