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Es ley el registro nacional de violadores

Luego de varias suspensiones y a raíz del caso de Ángeles Rawson, la Cámara de Diputados nacional sancionó hoy la creación del Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a delitos contra la integridad sexual , conocido como el registro de violadores. El proyecto ya había obtenido media sanción del Senado el 31 de agosto de 2011. En Entre Ríos ya hay una ley en el mismo sentido desde 2010, la 10.015, pero según la última información dada por el secretario de Justicia provincial, Rubén Virué, habría una “inconstitucionalidad” en la publicidad de la nómina. La reglamentación está a cargo del area que conduce el funcionario junto con la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ). 
04.07.2013 | 10:23
“Está demorada porque hay cuestiones de orden constitucional que hay que zanjar en el tema; sobre todo por la cuestión de la publicidad del registro. Eso es algo a resolver porque puede haber alguna inconstitucionalidad”, explicó Rubén Virué a APF hace un mes. “Cuando se producen inscripciones, hasta dónde puede darse publicidad de esos datos sobre todo en casos que no están a condena”, acotó el funcionario y mencionó la “presunción de inocencia”.

Como ya informó Recintonet el proyecto provincial, impulsado por el senador Osvaldo Chesini (MC) crea el Registro, y establece que dependerá del Superior Tribunal de Justicia de la provincia, y se integrará con datos personales, físicos, fecha de condena firme, pena recibida y demás antecedentes procesales valorativos de su historial delictivo, de los condenados por delitos contra la Integridad Sexual, a cuyo efecto se complementan además, con las correspondientes fotografías y registros de ADN. Y, los datos obrantes en él, serán comunicados a las Policías de la provincia, quienes deberán, a su vez, instrumentar un sistema de notificación y provisión de esos datos a sus respectivas seccionales, mientras que las fotografías y las principales características del historial delictivo, se destinarán a un sitio especialmente creado en Internet que podrá ser consultado por quienes demuestren interés legítimo. A su vez, la autoridad de aplicación actualizará en forma permanente a las organizaciones sociales que demuestren interés legítimo en el tema.

El texto nacional, en tanto, almacenará y sistematizará la información genética asociada a una muestra o evidencia biológica de casos vinculados a delitos contra la integridad sexual. Registrará a todas las personas condenadas con sentencia firme por un crimen contra la integridad sexual y se almacenará la información genética de autores no individualizados. Los exámenes genéticos serán realizados por laboratorios debidamente acreditados por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva o por organismos certificantes debidamente reconocidos por ese Ministerio. En cuanto a la información, sólo será suministrada a miembros del Ministerio Público Fiscal, a jueces y a tribunales de todo el país en el marco de una causa en la que se investigue alguno de los delitos contra la integridad sexual. El registro no será público, ya que los datos que contendrá serán considerados "sensibles y de carácter reservado". 
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