Diputados

Piden proteger a los alumnos con cuotas atrasadas ante escuelas privadas

En Diputados pidieron que se prohíba en la provincia a los establecimientos educativos privados incorporados a la enseñanza oficial retener boletines de calificaciones, certificados de estudios, pases a otros establecimientos, certificados de regularidad y toda otra documentación oficial del alumno de los que se registre morosidad en el pago de aranceles correspondientes. El proyecto de ley apunta a garantizar el acceso a la educación de todos los jóvenes y niños entrerrianos.
 
14.07.2013 | 17:55
“Ningún alumno, con motivo de mora en el pago de aranceles, podrá ser privado de la asistencia regular a todas las clases, experiencias y actividades pedagógicas e institucionales en general, que conformen la currícula o plan de estudios oficial, mientras no se verifiquen las siguientes condiciones: que la falta de pago de aranceles corresponda a tres meses consecutivos; que el padre, madre, o responsable del alumno haya sido intimado en forma fehaciente a cancelar la deuda existente”, señala también el texto.

Asimismo, dispone que los alumnos que se encuentran en una situación de este tipo podrán finalizar el año lectivo en dichos establecimientos, cuando “el padre, madre, tutor o responsable de la manutención del educando hubiere sido despedido de su empleo sin el cobro de indemnización y se encontrare por tal motivo en juicio o mediación laboral obligatoria, siempre que se mantuviere desocupado; el padre, madre, tutor o responsable de la manutención de educando hubiere fallecido durante el transcurso del ciclo lectivo; el padre, madre, tutor o responsable del pago de la cuota hubiere iniciado demanda judicial contra quien tuviere la obligación legal de la manutención del educando, o cuando el obligado hubiere sido inscripto en el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as”.

Además, el establecimiento educativo deberá comunicar la situación al Ministerio de Educación provincial a efectos de que resuelva, a través del organismo correspondiente y en un plazo máximo de 15 días, la asignación de una vacante en un establecimiento estatal de su dependencia. También, la cartera educativa podrá sancionar con hasta la caducidad de la incorporación a la enseñanza oficial a aquellos establecimientos que no se avengan a entregar la documentación retenida ante la intimación correspondiente. 

Fuente: Recintonet

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