Elecciones 2015
La Justicia volvió a prohibir el nombre "Frente Renovador" para Entre Ríos
El nombre de Frente Renovador volvió a ser rechazado judicialmente para Entre Ríos tras el dictamen que emitió el fiscal federal electoral Jorge Di Lello. Jorge Busti había pedido autorización para modificar el nombre de Frente Entrerriano Federal por el del FR. Fue el segundo rechazo judicial.
21.08.2014 | 18:52
La nueva negativa llegó de la mano de Di Lello. El fiscal, tras evaluar la apelación de Busti con respecto al primer rechazo, pidió que se confirme el fallo del juez federal de Paraná Damián Ríos quien había prohibido el uso del nombre Frente Renovador en tierras entrerrianas por coincidir con un nombre exactamente igual usado en misiones.
Lea: La justicia prohibió el uso del nombre "Frente Renovador" en Entre Ríos
La causa se había iniciado cuando, entonces, se anunció el cambio de nombre de Frente Entrerriano Federal a Frente Renovador. Tras la primera sentencia judicial, Busti debió abstenerse de imprimirle ese nombre a su agrupación.
En este contexto, el ex candidato a Gobernador en el 2011 apeló ante la Cámara Electoral pues consideró que el Frente Renovador Misiones sólo manifestó que tenía una "observación" y que no tenía "oposición" o "rechazo" a que su partido llevara ese nombre. No obstante, la justicia no coincidió con su planteo.
Di Lello tuvo en cuenta que la ley en materia electoral "tiene por finalidad procurar la nítida identificación de los partidos políticos y con ello preservar la genuina expresión de voluntad política del ciudadano".
"Las distintas leyes orgánicas han reconocido a las agrupaciones políticas el derecho al registro y uso exclusivo de sus símbolos y emblemas los que no podrán ser utilizados por ningún otro ni por asociación ni entidad de cualquier naturaleza", recordó el fiscal en el dictamen, según publicó la agencia Noticias Argentinas.
Por ello, finalmente, Di Lello afirmó: "La utilización del nombre pretendida por la parte del accionante, implicaría el reconocimiento a una agrupación, de un nombre igual al que se le ha otorgado al Partido renovador del distrito Misiones siendo por demás claro que ello se encuentra vedado por la ley, para cualquier agrupación que se desarrolle en el mismo ámbito de competencia política, esto es, el territorio de la Nación Argentina".
En su dictamen, Di Lello se opuso al cambio de nombre y ahora debe resolver la Cámara Electoral. (Redacción de Babel)
Lea: La justicia prohibió el uso del nombre "Frente Renovador" en Entre Ríos
La causa se había iniciado cuando, entonces, se anunció el cambio de nombre de Frente Entrerriano Federal a Frente Renovador. Tras la primera sentencia judicial, Busti debió abstenerse de imprimirle ese nombre a su agrupación.
En este contexto, el ex candidato a Gobernador en el 2011 apeló ante la Cámara Electoral pues consideró que el Frente Renovador Misiones sólo manifestó que tenía una "observación" y que no tenía "oposición" o "rechazo" a que su partido llevara ese nombre. No obstante, la justicia no coincidió con su planteo.
Di Lello tuvo en cuenta que la ley en materia electoral "tiene por finalidad procurar la nítida identificación de los partidos políticos y con ello preservar la genuina expresión de voluntad política del ciudadano".
"Las distintas leyes orgánicas han reconocido a las agrupaciones políticas el derecho al registro y uso exclusivo de sus símbolos y emblemas los que no podrán ser utilizados por ningún otro ni por asociación ni entidad de cualquier naturaleza", recordó el fiscal en el dictamen, según publicó la agencia Noticias Argentinas.
Por ello, finalmente, Di Lello afirmó: "La utilización del nombre pretendida por la parte del accionante, implicaría el reconocimiento a una agrupación, de un nombre igual al que se le ha otorgado al Partido renovador del distrito Misiones siendo por demás claro que ello se encuentra vedado por la ley, para cualquier agrupación que se desarrolle en el mismo ámbito de competencia política, esto es, el territorio de la Nación Argentina".
En su dictamen, Di Lello se opuso al cambio de nombre y ahora debe resolver la Cámara Electoral. (Redacción de Babel)