Informe
El contrato que buscaron imponerle a Schepens en la toma de la municipalidad
El contrato que "le ofrecieron firmar" al Ejecutivo los recicladores de Capital Federal establecía, entre otros puntos, que se hacían cargo de la recolección de la basura en domicilio y que la comuna, a su vez, debía entregar “en comodato” los vehículos necesarios. Era por cuatro años.
04.11.2014 | 19:07
“Contrato de Servicio Público de recolección de residuos sólidos urbanos secos del municipio de Concepción del Uruguay”, era el nombre del contrato que buscaron que firmara el Intendente, Carlos Schepens, los trabajadores recicladores que llegaron desde Capital Federal el pasado lunes 27 de octubre. Entonces, a modo de protesta y en función de ejercer presión, ocuparon y tomaron la planta baja de la municipalidad acompañados por unos diez trabajadores uruguayenses, aproximadamente.
Lea: Vales sobre la toma: “Nos dijeron que teníamos que firmar el contrato o nos iban a romper la cabeza”
En este sentido, Babel accedió al contrato presentado. Con unos seis artículos, además de los incisos, la obligación contractual apuntaba a estipular que la municipalidad cedía la recolección en domicilio de los residuos sólidos urbanos, el traslado a un centro de reciclado y la posterior comercialización.
“La contratista (recicladores) prestará a la Comitente (municipalidad) los siguientes servicios... A) Recolección de los residuos sólidos urbanos secos, en adelante RSUS, en la zona urbana y del basural. B) Traslado de los RSUS a un Centro Verde o establecimiento a designar por el Contratista (recicladores)... C) Separación de los RSUS en el Centro verde”, dice, textual, el artículo 1, inciso 1.
Por otro lado, en su punto 1.4, se estipulaba que la comuna debía “afectar los recursos necesarios para dar cumplimiento al plan de trabajo presentado” por la Contratista (recicladores). Asimismo, agregaba en el mismo punto que dicho monto se “incrementaría anualmente en forma progresiva”.
Los servicios que brindaría la Contratista (recicladores), según se ponía por escrito en el contrato, eran “la recolección de los residuos sólidos urbanos secos puerta a puerta”, o sea en domicilio y su posterior traslado al llamado Centro verde.
Entre otros puntos, la obligación establecía un pago mensual de tres mil pesos por cada trabajador: dos mil en concepto de incentivo y mil por presentismo, tal cual figura en el artículo 3, inciso 2.
Finalmente, en el texto figuraba la obligación de que la Municipalidad debía "Proporcionar en comodato a la Contratista (recicladores) los vehículos necesarios para la prestación de los servicios”.
“Y -agregaba el mismo ítem- proveer los recursos necesarios para su uso y mantenimiento, incluyendo mecánica preventiva y correctiva, pesada y ligera, repuestos y sistema de control de combustible.” La caliente mañana del 237 terminó con el desalojo de la comuna, la denuncia penal realizada desde el Ejecutivo por lo ocurrido y el retorno a Capital Federal de los integrantes de la cooperativa de recicladores. (Redacción de Babel)
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En este sentido, Babel accedió al contrato presentado. Con unos seis artículos, además de los incisos, la obligación contractual apuntaba a estipular que la municipalidad cedía la recolección en domicilio de los residuos sólidos urbanos, el traslado a un centro de reciclado y la posterior comercialización.
“La contratista (recicladores) prestará a la Comitente (municipalidad) los siguientes servicios... A) Recolección de los residuos sólidos urbanos secos, en adelante RSUS, en la zona urbana y del basural. B) Traslado de los RSUS a un Centro Verde o establecimiento a designar por el Contratista (recicladores)... C) Separación de los RSUS en el Centro verde”, dice, textual, el artículo 1, inciso 1.
Por otro lado, en su punto 1.4, se estipulaba que la comuna debía “afectar los recursos necesarios para dar cumplimiento al plan de trabajo presentado” por la Contratista (recicladores). Asimismo, agregaba en el mismo punto que dicho monto se “incrementaría anualmente en forma progresiva”.
Los servicios que brindaría la Contratista (recicladores), según se ponía por escrito en el contrato, eran “la recolección de los residuos sólidos urbanos secos puerta a puerta”, o sea en domicilio y su posterior traslado al llamado Centro verde.
Entre otros puntos, la obligación establecía un pago mensual de tres mil pesos por cada trabajador: dos mil en concepto de incentivo y mil por presentismo, tal cual figura en el artículo 3, inciso 2.
Finalmente, en el texto figuraba la obligación de que la Municipalidad debía "Proporcionar en comodato a la Contratista (recicladores) los vehículos necesarios para la prestación de los servicios”.
“Y -agregaba el mismo ítem- proveer los recursos necesarios para su uso y mantenimiento, incluyendo mecánica preventiva y correctiva, pesada y ligera, repuestos y sistema de control de combustible.” La caliente mañana del 237 terminó con el desalojo de la comuna, la denuncia penal realizada desde el Ejecutivo por lo ocurrido y el retorno a Capital Federal de los integrantes de la cooperativa de recicladores. (Redacción de Babel)