Opinión por José Antonio Artusi (UCR)

"El gas en garrafas debe ser un servicio público"

La Unión Cívica Radical ha propuesto de manera reiterada, a través de diversos proyecto de ley, que el GLP (gas licuado de petróleo), o sea el gas envasado en garrafas, sea un servicio público. Con esta medida, y articulándola con la recuperación plena y la nacionalización de YPF y los recursos hidrocarburíferos que el menem-kirchnerismo entregó y extranjerizó en los ´90, se podría avanzar en el logro del objetivo de asegurar por ley un precio accesible para todos aquellos que no disponen del servicio de gas natural por redes.
06.05.2015 | 11:36
 Las razones para que la provisión de GLP se considere servicio público son contundentes:

- Casi 20 millones de argentinos no pueden disfrutar de los beneficios del gas natural.

- El gas envasado en garrafas es mucho más caro que el gas de red.

- La "garrafa social" o los subsidios que se promocionan ahora no llegan a todos y promueven relaciones clientelares, en las que agrupaciones oficialistas hacen proselitismo con fondos públicos explotando descaradamente las necesidades de los más desposeídos.

- El gas en garrafas es precisamente el que consumen las familias con mayores necesidades insatisfechas, destinando gran parte del ingreso a cubrir gastos energéticos, sobre todo en invierno.
Pretendemos que el Estado nacional fije y controle un precio accesible y uniforme en todo el país para el gas en garrafas, sin necesidad de costosas burocracias ni del oportunismo de punteros oficialistas.
La energía debe ser un derecho para todos.

Uno de los últimos proyectos de ley en este sentido es de autoría del diputado nacional Miguel Angel Giubergia, y en los fundamentos se consigna que "el proyecto presentado tiene como objetivo brindar a los sectores de menores recursos, la garantía del abastecimiento de Gas Licuado de Petróleo (GLP). Como es de público conocimiento, son esos sectores de menores recursos los que deben utilizar el GLP, envasados en garrafas, para su uso doméstico, ya que se encuentran imposibilitados de acceder a una conexión de red de gas natural. Y como también es de público conocimiento, estos sectores representan un número importante en nuestro país.

Tal es así, que con el nuevo Programa Hogares con Garrafas lanzado por el gobierno, mediante Decreto 470/15, se encontrarían beneficiados 2.5 millones de hogares. Pero ese número no representa la totalidad de hogares de bajos recursos sin conexión a redes de gas natural, ya que deja fuera del programa a aquellos que se encuentran totalmente fuera del "sistema", ya sea por no formar parte de la masa laboral registrada, ya sea por no recibir ningún tipo de beneficio y/o asignación social.

A pesar de esta cantidad de habitantes de bajos recursos y sin posibilidad de acceso a redes de gas natural, la ley 26.020 declara a las actividades relacionadas con el GLP como de interés público. No olvidemos, que la ley 24.076, en su artículo 1º declaró como servicio público nacional el transporte y la distribución del gas natural, dejando de lado lo concerniente al GLP.

Resulta necesario al respecto realizar una equiparación entre lo regulado respecto al gas natural y al GLP ya que no existen justificaciones técnicas, económicas o jurídicas que determinen un tratamiento diferencial, como existe en la actualidad. Y no es una situación menor no declarar a las actividades concernientes con el GLP como servicio público.

Ello es indispensable para garantizar a los sectores más vulnerables -que reiteramos no son pocos- el total acceso, y a precios razonables, a la adquisición de garrafas de gas licuado. En algunas provincias argentinas, como el caso de Jujuy, a pesar de las distintas regulaciones en la materia, las denominadas "garrafas sociales" se han comercializado a precios superiores a los que correspondían, imposibilitando a muchos sectores -los más vulnerables- a poder acceder a las mismas.

La solicitud de declaración como servicio público de las actividades relacionadas con el GLP, no contraría ninguna norma; muy por el contrario, reforzaría la intención y el objetivo buscado al crearse el Decreto 470/15 y su reglamentación mediante Resolución de la Secretaría de Energía 49/15.

Con la declaración de servicio público aseguramos el concepto de generalidad que debe tener el subsidio para la población más necesitada, a fin de reforzar la idea de equidad e igualdad de derechos para todos. No olvidemos que hoy existen sectores medios y altos de la sociedad que pueden acceder al gas por redes con precios subsidiados, y el acceso a la garrafa de gas licuado determina un deterioro de la calidad de vida para los sectores sociales más desfavorecidos por la privación o la escasez de un producto esencial, que se vuelve indispensable para el normal desarrollo de sus vidas cotidianas.

Por ello creemos pertinente categorizar como servicio público a las actividades que conciernen al GLP ya que procuran satisfacer necesidades públicas de forma continúa en un tiempo indeterminado, al igual que lo realizan las actividades de transporte y distribución del gas natural."


* El autor es el Presidente de la UCR Comité Departamental.
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