Presentación de listas, 20 de junio
Reforma de último momento: sólo se habilitaría la lista ganadora de las PASO y no el rearmado
Diputados sesionará este martes, mientras que senadores lo hará el miércoles, para realizar una modificación a la ley electoral vigente. Puntualmente se modificaría el artículo 7 que apunta al modo de armado de las listas tras las PASO de cara a las generales.
16.06.2015 | 12:54
Al día de hoy, la norma habilitaba el multipegado. O sea, todos los espacios de un frente que perdían en las internas podían pegar con el ganador o rearmar la lista final que presentarían. No obstante, si se aprueba la modificación que se trata por estas horas en la legislatura tal circunstancia ya no será posible.
Sucede que el cambio imposibilitaría que los sectores internos puedan pegar con los ganadores para así, en las generales, tener votos también.
Con la modificación, por ejemplo, si A perdió en las PASO no podrá sumarse a la boleta de B y tendrá que ir tal como fue en las internas a las elecciones de octubre.
A continuación se publica textual el proyecto de reforma:
ARTICULO 1º.- Modifícase el artículo 7° de la Ley N° 9659, agregándose como último párrafo el siguiente texto:
“En la elección general, una agrupación no puede postular candidatos distintos para el mismo cargo. No se podrán adherir boletas de distintos partidos sin que exista alianza preconstituida a las elecciones primarias. La circunstancia que no exista alianza entre dos o más agrupaciones políticas excluye la posibilidad de vincularlas materialmente en la confección de las respectivas boletas de sufragio.
En el ámbito de la provincia de Entre Ríos, las listas de candidatos que participarán en la elección general serán las emergentes de la elección primaria, abierta, simultánea y obligatoria. No se admitirán alianzas posteriores ni anexiones de candidatos en las boletas respectivas que no surjan de la expresa voluntad de los sufragantes en la elección primaria. La boleta que se oficializará en las elecciones generales será la que haya resultado ganadora en la elección primaria, abierta, obligatoria y simultánea”.
Se añade un segundo artículo de forma y concluye el proyecto.
Sucede que el cambio imposibilitaría que los sectores internos puedan pegar con los ganadores para así, en las generales, tener votos también.
Con la modificación, por ejemplo, si A perdió en las PASO no podrá sumarse a la boleta de B y tendrá que ir tal como fue en las internas a las elecciones de octubre.
A continuación se publica textual el proyecto de reforma:
ARTICULO 1º.- Modifícase el artículo 7° de la Ley N° 9659, agregándose como último párrafo el siguiente texto:
“En la elección general, una agrupación no puede postular candidatos distintos para el mismo cargo. No se podrán adherir boletas de distintos partidos sin que exista alianza preconstituida a las elecciones primarias. La circunstancia que no exista alianza entre dos o más agrupaciones políticas excluye la posibilidad de vincularlas materialmente en la confección de las respectivas boletas de sufragio.
En el ámbito de la provincia de Entre Ríos, las listas de candidatos que participarán en la elección general serán las emergentes de la elección primaria, abierta, simultánea y obligatoria. No se admitirán alianzas posteriores ni anexiones de candidatos en las boletas respectivas que no surjan de la expresa voluntad de los sufragantes en la elección primaria. La boleta que se oficializará en las elecciones generales será la que haya resultado ganadora en la elección primaria, abierta, obligatoria y simultánea”.
Se añade un segundo artículo de forma y concluye el proyecto.
Fuente: Babel | Página Política