Diputados Nacionales
Proponen un plazo de 90 días para reglamentar las leyes
La diputada nacional y vicepresidenta segunda de la Cámara baja, Patricia Giménez (UCR) presentó un proyecto de ley en el que se propone establecer un plazo máximo de 90 días para la reglamentación de las leyes, a contarse a partir de su sanción.
01.09.2015 | 08:24
En la iniciativa "quedan exceptuadas de esta obligación las leyes que establecieran un plazo diferente", y se establece que el Estado y sus funcionarios pueden ser penados si incumplen con esta reglamentación.
"El proyecto tiene como objeto establecer un plazo para que el Poder Ejecutivo o la autoridad que corresponda dicte las normas necesarias para reglamentar las leyes sancionadas por el Poder Legislativo", explicó la legisladora radical en los fundamentos de la iniciativa.
Giménez indicó que "muchas veces las leyes nacionales dejan aspectos para ser definidos por el Poder Ejecutivo que es el encargado de poner en práctica las políticas diseñadas y los derechos reconocidos y quien debe tomar decisiones que no se pueden precisar en una ley. Las leyes son generales; lo que permite su aplicación al caso concreto es justamente la reglamentación que establece el tiempo y la forma".
La legisladora advirtió que existen muchas leyes sancionadas por el Congreso y publicadas en el Boletín Oficial, pero sin reglamentación para los artículos que requieren hacerse operativos.
Giménez puso como ejemplo las normas Nº 25.929, de Protección del Embarazo y del Recién Nacido, sancionada en el año 2004 y la Nº 26.928 de Creación del Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas, sancionada el 4 de diciembre de 2013 y promulgada de hecho el 10 de enero de 2014.
También mencionó “leyes que han sido parcialmente reglamentadas como la ´Ley de Contrato de Trabajo´ que en su artículo 179 prevé que en los establecimientos donde preste servicios el número mínimo de trabajadoras que determine la reglamentación, el empleador deberá habilitar salas maternales y guarderías para niños hasta la edad”.
Otras leyes con faltas significativas en la reglamentación según la diputada son la Ley de Trata de Personas y la de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
Giménez enumeró otros ejemplos de estas situaciones en las que las reglamentaciones tardan más de lo previsto. Recordó la norma Nº 26.689 que promueve el cuidado integral de la salud de las personas con enfermedades poco frecuentes, reglamentada en mayo de 2015, casi cuatro años después de su sanción en junio de 2011, y la Ley de Diabetes, (Nº 26914) que fue sancionada en noviembre de 2013 y reglamentada en agosto de 2014.
"Entendemos que estos casos constituyen omisiones o recortes del Poder Ejecutivo que desvirtúan las atribuciones que tiene este poder en relación a las leyes que le remite el Poder Legislativo”, explicó la mendocina, al recordar que el Ejecutivo puede vetar total o parcialmente una ley, pero no puede no reglamentar una norma o hacerlo de manera parcial.
"El proyecto tiene como objeto establecer un plazo para que el Poder Ejecutivo o la autoridad que corresponda dicte las normas necesarias para reglamentar las leyes sancionadas por el Poder Legislativo", explicó la legisladora radical en los fundamentos de la iniciativa.
Giménez indicó que "muchas veces las leyes nacionales dejan aspectos para ser definidos por el Poder Ejecutivo que es el encargado de poner en práctica las políticas diseñadas y los derechos reconocidos y quien debe tomar decisiones que no se pueden precisar en una ley. Las leyes son generales; lo que permite su aplicación al caso concreto es justamente la reglamentación que establece el tiempo y la forma".
La legisladora advirtió que existen muchas leyes sancionadas por el Congreso y publicadas en el Boletín Oficial, pero sin reglamentación para los artículos que requieren hacerse operativos.
Giménez puso como ejemplo las normas Nº 25.929, de Protección del Embarazo y del Recién Nacido, sancionada en el año 2004 y la Nº 26.928 de Creación del Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas, sancionada el 4 de diciembre de 2013 y promulgada de hecho el 10 de enero de 2014.
También mencionó “leyes que han sido parcialmente reglamentadas como la ´Ley de Contrato de Trabajo´ que en su artículo 179 prevé que en los establecimientos donde preste servicios el número mínimo de trabajadoras que determine la reglamentación, el empleador deberá habilitar salas maternales y guarderías para niños hasta la edad”.
Otras leyes con faltas significativas en la reglamentación según la diputada son la Ley de Trata de Personas y la de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
Giménez enumeró otros ejemplos de estas situaciones en las que las reglamentaciones tardan más de lo previsto. Recordó la norma Nº 26.689 que promueve el cuidado integral de la salud de las personas con enfermedades poco frecuentes, reglamentada en mayo de 2015, casi cuatro años después de su sanción en junio de 2011, y la Ley de Diabetes, (Nº 26914) que fue sancionada en noviembre de 2013 y reglamentada en agosto de 2014.
"Entendemos que estos casos constituyen omisiones o recortes del Poder Ejecutivo que desvirtúan las atribuciones que tiene este poder en relación a las leyes que le remite el Poder Legislativo”, explicó la mendocina, al recordar que el Ejecutivo puede vetar total o parcialmente una ley, pero no puede no reglamentar una norma o hacerlo de manera parcial.
Fuente: El Parlamentario