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Vuelve a comisión los cambios a la Ley de Ministerios

El miércoles, a partir de las 10, se reunirá la Comisión de Asuntos Constitucionales y Juicio Político para analizar el proyecto de ley del Poder Ejecutivo que propone incorporar la Jefatura de Gabinete a la Ley de Ministerios. La iniciativa tuvo media sanción del Senado en marzo de este año, y desde ese momento estaba en estudio de la Cámara Baja, que ahora comenzará el análisis para incorporar con rango ministerial a la “Coordinación o Jefatura de Gabinete”.  
06.09.2015 | 10:30
El texto, además, introduce mayores especificaciones sobre las competencias de los ministros y establece criterios para la “organización administrativa”, entre otras cuestiones. Como novedad, a la función que hoy detenta Hugo Ballay, se le otorga la competencia de “fijar la política salarial de la Administración Pública”.

“El Jefe de Gabinete cumple y hace cumplir la Constitución y la legislación vigente y ejerce las atribuciones de administración general que le delegue el Poder Ejecutivo respecto de sus poderes propios y coordina sus relaciones con el Poder Legislativo, sus comisiones e integrantes.

Asiste al Gobernador en todo lo inherente al Gobierno interno, al gobierno abierto, a la planificación y coordinación de las políticas y acciones de gobierno, a la planificación y coordinación de políticas que impliquen la modernización del Estado, la participación de la sociedad en las acciones estatales, al régimen de fiscalización electoral y al respeto de la autonomía municipal”, dice la iniciativa a la que accedió Recintonet.

El texto introduce como una cartera más al “Ministerio de Coordinación o Jefatura de Gabinete de Ministros”. De esa forma el artículo 2 de la ley Nº 10.093 queda conformado por 11 ítems, uno más de los diez ministerios que existían. Por otro lado, la iniciativa a diferencia de la ley vigente, señala que en caso de “vacancia o ausencia temporaria” de algún ministro, hasta tanto el Gobernador determine su reemplazo, “subrogará la Jefatura de Gabinete”.

Esto ocurrió con la salida de Hugo Cettour de la cartera de Salud, hoy a cargo del también ministro de Desarrollo Social Carlos Ramos, por decisión de Sergio Urribarri.

El proyecto también fija criterios para los casos de normas surgidas del acuerdo entre ministerios y que enuncie una competencia también conjunta.

“Cuando la competencia sea de más de un Ministerio, el Jefe de Gabinete determinará la forma y el plazo en que cada uno de ellos toma intervención en la parte o partes del acto relativo a la misma. En caso de duda acerca del Ministro a que corresponda un asunto, éste será tramitado por el que designare el Jefe de Gabinete de Ministros”.

Así el texto que propone el Ejecutivo le va poniendo contenido a la función que desde el 10 de diciembre de 2013 viene ejerciendo Hugo Ballay, extitular de Enersa, extitular de Cafesg.

Las cuestiones relacionadas a cómo se administran las tareas en cada ministerio, son asimismo parte de los cambios que auspicia el proyecto oficial. “Cada Ministerio deberá proveer en su área a la defensa del sistema democrático, republicano y representativo, al afianzamiento del federalismo, el respeto por la autonomía municipal y de las regiones y a la preservación de las garantías constitucionales reconocidas explícita e implícitamente”, dice el texto.

Y añade: “Procurarán una organización ágil y eficiente dirigida al cumplimiento de los fines fijados por el orden jurídico y adecuarán sus procedimientos a los principios del debido proceso”.

En tanto, aludiendo otra vez a la función del Jefe de Ministros, se indica que el Poder Ejecutivo a través de éste “procederá a fijar la organización administrativa necesaria para el desarrollo de sus competencias constitucionales y de los que la ley determina para cada Ministerio y demás organismos en ella presentes”.

“Cada Ministro será responsable de todas las órdenes y resoluciones que autorice de conformidad con lo previsto en el artículo 170 de la Constitución Provincial”, dice en otro orden el artículo 15 de los 31 que tiene el proyecto, cuatro más que la actual ley.

El capítulo VI del proyecto refiere a la competencia específica de cada ministerio. En el caso de la Jefatura de Gabinete son puntos extensos que abordan desde la asistencia al Gobernador “en todo lo inherente al Gobierno interno” pasando por la “organización de las reuniones de gabinete” hasta la “intervención administrativa de cualquier área de la Administración Pública centralizada y descentralizada” que “injustificadamente suspenda sus actividades, cometa graves irregularidades o existan conflictos institucionales que ameriten su intervención”.

“Fijar, en coordinación con las áreas pertinentes, la política salarial de la Administración Pública”, es otra de las funciones del cargo nuevo, como también la de “supervisar periódicamente la ejecución de ingresos y erogaciones de la Tesorería General”, entre otros temas.

La jefatura de Gabinete también tendrá injerencia para la “verificación de la gestión” en otros ministerios.
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