Ley Castrillón - internas en Entre Ríos
Brasesco:”Es un gran paso. Consagramos las minorías”, dijo tras el fallo del STJ
El senador ex convencional constituyente radical, Luis Brasesco, se mostró satisfecho con el fallo del STJ que declaró inconstitucional parte de un artículo de la Ley Castrillón, lo que implica que a partir del fallo las minorías de cada partido político deberán tener lugares en las listas. “No vamos a apelar. Es un gran paso. Consagramos las minorías”, dijo.
25.06.2011 | 11:28
Brasesco, que impulsó junto con otros dirigentes radicales como José Carlos Arralde y Fabián Rogel la acción de inconstitucionalidad, dijo a este portal que la definición de la Justicia “es un gran avance” porque “hemos asegurado algo importante frente a una ley que es malísima y por la que vamos a seguir peleando hasta derogarla”.
Y, puntualizó: “Habíamos planteado otras inconstitucioanlidades, pero no vamos a apelar aunque la ley tiene fallas muy graves porque permite la intromisón de otros partidos”, advirtió Brasesco para quien esa situación facilitaba la acciones en las definiciones políticas. “Imaginemos un sector del peronismo que mande a votar por un candidato”, propuso Brasesco y precisó que la definición del STJ “no declaró inconstitucional la ley, sino un artículo de ella porque no se garantizaba la representación de las minorías”.
“Lo que se ha consagrado- dijo- es la inconstitucionalidad de una parte en la que se hablaba de la lista completa y donde no se respetaban las minorías”, remarcó el abogado que aclaró que no apelarán la decisión del tribunal pero trabajarán en la derogación de la ley.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) declaró la inconstitucionalidad del artículo 9 de la Ley Nº 9.659 (Ley Castrillón) en tanto “violenta de modo manifiesto la expresa condición constitucional de observar la adecuada y proporcional representación de las minorías”, contemplada por el artículo 29 de la Constitución Provincial reformada en el año 2008.
En el fallo, con fecha del 21 de junio, el tribunal hizo lugar al planteo de inconstitucionalidad de los ex convencionales radicales Luis Brasesco, Juan Carlos Arralde y Fabián Rogel presentado a principios de 2010, que atacaba también, entre otros puntos, los requisitos para presentar candidaturas, lo engorroso y exiguo de los plazos y la exigencia de la conformación de alianzas con anticipación.
Fuente: RecintoNet
Y, puntualizó: “Habíamos planteado otras inconstitucioanlidades, pero no vamos a apelar aunque la ley tiene fallas muy graves porque permite la intromisón de otros partidos”, advirtió Brasesco para quien esa situación facilitaba la acciones en las definiciones políticas. “Imaginemos un sector del peronismo que mande a votar por un candidato”, propuso Brasesco y precisó que la definición del STJ “no declaró inconstitucional la ley, sino un artículo de ella porque no se garantizaba la representación de las minorías”.
“Lo que se ha consagrado- dijo- es la inconstitucionalidad de una parte en la que se hablaba de la lista completa y donde no se respetaban las minorías”, remarcó el abogado que aclaró que no apelarán la decisión del tribunal pero trabajarán en la derogación de la ley.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) declaró la inconstitucionalidad del artículo 9 de la Ley Nº 9.659 (Ley Castrillón) en tanto “violenta de modo manifiesto la expresa condición constitucional de observar la adecuada y proporcional representación de las minorías”, contemplada por el artículo 29 de la Constitución Provincial reformada en el año 2008.
En el fallo, con fecha del 21 de junio, el tribunal hizo lugar al planteo de inconstitucionalidad de los ex convencionales radicales Luis Brasesco, Juan Carlos Arralde y Fabián Rogel presentado a principios de 2010, que atacaba también, entre otros puntos, los requisitos para presentar candidaturas, lo engorroso y exiguo de los plazos y la exigencia de la conformación de alianzas con anticipación.
Fuente: RecintoNet