SENADO

Aprobada la adhesión a la ley Nacional de Salud Mental

En el marco de la 16 sesión ordinaria del 137 periodo Legislativo, el senado entrerriano, por unanimidad, le dio sanción definitiva al proyecto de ley que promueve la adhesión plena a la Ley Nacional 26.657 de Salud Mental, como así también a su Decreto Reglamentario Nº 603/2013.
05.10.2016 | 08:51
Hay que recordar que el vicegobernador de la provincia, Adán Humberto Bahl, quien presidió la sesión, días atrás recibió a representantes de organizaciones de la sociedad civil, familiares y trabajadores de las áreas de Salud Mental, comprometiendo ante ellos sus gestiones para alcanzar el pronto tratamiento y la sanción definitiva.

En un recinto colmado, el senador de Concordia, Ángel Giano, elogió el trabajo de la senadora de Federal, Nancy Miranda, quien preside la Comisión de Salud Medio Ambiente y Drogadicción; y de los trabajadores comprometidos en el día a día. Detalló que el despacho de comisión fue por unanimidad. Mencionó la importancia de los cambios de paradigma que se propone y elogió la defensa de los derechos humanos de los pacientes.

"Creemos que contar con esta ley va a permitir que el cambio de paradigma se profundice en Entre Ríos, lo que será un gran avance para la provincia, lo que la convierte en pionera", destacó.


El proyecto
El proyecto es del Poder Ejecutivo, que lo envió a la Cámara de Senadores en el año 2013. Recibió media sanción en ese entonces y pasó a la Cámara de Diputados, que lo devolvió con modificaciones al Senado en Julio de este año. Los cambios han sido aceptados y ahora pasará al Ejecutivo para su promulgación.

Además de adherir se crea el Órgano de Revisión Provincial de Salud Mental, en el ámbito de la Defensoría General de Entre Ríos, con el objeto de proteger y promover los Derechos Humanos de los usuarios de los servicios de salud mental.

Este órgano tiene idénticas funciones que su par Nacional, y podrá entre otras cuestiones: requerir información a las instituciones públicas y privadas que permita evaluar las condiciones en que se realizan los tratamientos; supervisar de oficio o por denuncia de particulares las condiciones de internación, prácticas o abordajes en el ámbito público y privado; evaluar que las internaciones involuntarias se encuentren debidamente justificadas y no se prolonguen más del tiempo mínimo necesario, pudiendo realizar las denuncias pertinentes en caso de irregularidades, y eventualmente apelar las decisiones del juez; entre otros puntos.

Se ha determinado que será autoridad de aplicación la Dirección de Salud Mental y Adicciones del Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos y el órgano de Revisión estará integrado por:un representante de la Dirección de Salud Mental del Ministerio de Salud del Gobierno de Entre Ríos, un representante de la Secretaria de Justicia del Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, un representante del Ministerio Público de la Defensa del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, un representante de asociaciones de usuarios y/o familiares del sistema de salud con personería jurídica, un representante de asociaciones de profesionales y otros trabajadores de la salud con personería jurídica y un representante de organizaciones no gubernamentales abocadas a la defensa de los derechos humanos con persona jurídica.

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